Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025062570)
Resolución de 20 de junio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica de autoconsumo sin excedentes "Arroyo Caballo", a realizar en el término municipal de Trujillo (Cáceres). Expte.: IA23/0521.
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NÚMERO 125
Martes 1 de julio de 2025
37861
de Interés General de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la Nación o Singulares, no siendo, por tanto, de aplicación, la siguiente normativa: Ley de Reforma y Desarrollo Agrario aprobada por Decreto 118/1973, de 12 de enero de 1973, Ley 6/2015,
de 24 de marzo, Agraria de Extremadura y Decreto 141/2021, de 21 de diciembre, por
el que se regulan los usos y actividades compatibles y complementarios con el regadío
en zonas regables de Extremadura declaradas de interés general de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la Nación o Singulares.
A efectos de Concentración Parcelaria, Zonas Regables Oficiales y Expropiaciones de
Interés Social, siendo así que este Servicio no se considera órgano gestor de intereses
públicos existentes en la zona, por lo que no compete al mismo pronunciamiento alguno.
En virtud de cuanto antecede, procede el archivo del expediente sin más trámite, sin
perjuicio del cumplimiento de aquellos otros requisitos legal o reglamentariamente establecidos.
— Con fecha 22 de noviembre de 2023, Servicio de Ordenación del Territorio informa que,
a efectos de ordenación del territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, no
se detecta afección sobre ningún Plan Territorial ni Proyecto de Interés Regional con
aprobación definitiva (Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación del
Territorio de Extremadura, y modificaciones posteriores (derogada por Ley 11/2018, de
21 de diciembre).
Asimismo, no se detecta afección sobre ningún instrumento de ordenación territorial
general (Plan Territorial), de ordenación territorial de desarrollo (Plan de Suelo Rústico, Plan Especial de Ordenación del Territorio) ni de intervención directa (Proyecto de
Interés Regional) de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y
urbanística sostenible de Extremadura, en vigor desde el 27 de junio de 2019.
—
La Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural (en adelante,
DGBAPC) con fecha 23 de noviembre de 2023, recibido el informe arqueológico correspondiente al expediente INT/2022/335 en el que se detallan los resultados de la prospección arqueológica en el proyecto planta fotovoltaica Arroyo Caballo informa en los
siguientes términos:
El resultado de los trabajos arqueológicos ha sido negativo en cuanto a la presencia de
elementos arqueológicos, constatables en superficie.
Dada la amplia superficie abarcada por la zona de estudio, con vistas a la protección
del patrimonio arqueológico no detectado durante los trabajos previos y que pudiera
verse afectado por el proceso de ejecución de las obras, se adoptarán por la empresa
adjudicataria las siguientes medidas correctoras y preventivas.
Martes 1 de julio de 2025
37861
de Interés General de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la Nación o Singulares, no siendo, por tanto, de aplicación, la siguiente normativa: Ley de Reforma y Desarrollo Agrario aprobada por Decreto 118/1973, de 12 de enero de 1973, Ley 6/2015,
de 24 de marzo, Agraria de Extremadura y Decreto 141/2021, de 21 de diciembre, por
el que se regulan los usos y actividades compatibles y complementarios con el regadío
en zonas regables de Extremadura declaradas de interés general de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la Nación o Singulares.
A efectos de Concentración Parcelaria, Zonas Regables Oficiales y Expropiaciones de
Interés Social, siendo así que este Servicio no se considera órgano gestor de intereses
públicos existentes en la zona, por lo que no compete al mismo pronunciamiento alguno.
En virtud de cuanto antecede, procede el archivo del expediente sin más trámite, sin
perjuicio del cumplimiento de aquellos otros requisitos legal o reglamentariamente establecidos.
— Con fecha 22 de noviembre de 2023, Servicio de Ordenación del Territorio informa que,
a efectos de ordenación del territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, no
se detecta afección sobre ningún Plan Territorial ni Proyecto de Interés Regional con
aprobación definitiva (Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación del
Territorio de Extremadura, y modificaciones posteriores (derogada por Ley 11/2018, de
21 de diciembre).
Asimismo, no se detecta afección sobre ningún instrumento de ordenación territorial
general (Plan Territorial), de ordenación territorial de desarrollo (Plan de Suelo Rústico, Plan Especial de Ordenación del Territorio) ni de intervención directa (Proyecto de
Interés Regional) de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y
urbanística sostenible de Extremadura, en vigor desde el 27 de junio de 2019.
—
La Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural (en adelante,
DGBAPC) con fecha 23 de noviembre de 2023, recibido el informe arqueológico correspondiente al expediente INT/2022/335 en el que se detallan los resultados de la prospección arqueológica en el proyecto planta fotovoltaica Arroyo Caballo informa en los
siguientes términos:
El resultado de los trabajos arqueológicos ha sido negativo en cuanto a la presencia de
elementos arqueológicos, constatables en superficie.
Dada la amplia superficie abarcada por la zona de estudio, con vistas a la protección
del patrimonio arqueológico no detectado durante los trabajos previos y que pudiera
verse afectado por el proceso de ejecución de las obras, se adoptarán por la empresa
adjudicataria las siguientes medidas correctoras y preventivas.