Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Subvenciones. (2025062563)
Resolución de 9 de junio de 2025, de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación, por la que se aprueba la concesión directa de una subvención a favor de la Universidad de Extremadura para la financiación de bibliografía científica para 2025.
29 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 124
Lunes 30 de junio de 2025
37474
Segundo. El VII Plan Regional de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación de Extremadura, 2022-2025 (VII PRI+D+I) contempla entre sus objetivos impulsar la competitividad del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación y fomentar el liderazgo
científico y tecnológico de todos los agentes que lo conforman, entre los que se encuentra la
Universidad de Extremadura.
Por ello, la Línea estratégica 1, “Instrumentos de apoyo a la I+D+I”, del VII PRI+D+I incluye
en el Programa 2 las medidas para el fortalecimiento y excelencia científica de los Grupos de
Investigación. Para ello, la financiación el acceso a las bases de datos y revistas electrónicas
es fundamental para conocer los últimos avances en ciencia publicados.
Tercero. D. José María Carvajal González, Vicerrector de Investigación y Transferencia de la
Universidad de Extremadura, en representación de ésta, con fecha 12 de febrero de 2025 ha
aportado ante esta Secretaría General solicitud de esta ayuda, así como declaración responsable en la que manifiesta que la UEX no se halla incurso en las prohibiciones para obtener
la condición de beneficiario señaladas en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
Además, adjunta memoria descriptiva de las actividades a realizar y presupuesto detallado de
los gastos previstos, así como certificados de encontrarse al corriente con la Seguridad Social,
Hacienda Estatal y Hacienda Autonómica, todo ello, sin perjuicio de que dicha obligación debe
cumplirse en el momento del pago de la subvención, a tenor de lo dispuesto en el artículo
13.1.e) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Cuarto. Con fecha 3 de junio de 2025, esta resolución ha sido autorizada por el Consejo de
Gobierno de la Junta de Extremadura.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Competencia.
La competencia para conceder la presente subvención está atribuida, según el artículo 9.1 de
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura
“…a los secretarios generales de las consejerías de la Junta de Extremadura…”, por tanto, le
corresponde al Secretario General de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional la competencia para conceder.
No obstante, en virtud del resuelvo séptimo de la Resolución de 6 de noviembre de 2024, de
la Secretaría General, sobre delegación de determinadas competencias y delegación de firma
(DOE núm. 217, de 7 de noviembre) se delega en el Secretario General de Ciencia, Tecnología e Innovación las competencias para conceder subvenciones que sean su competencia por
razón de la materia.
Lunes 30 de junio de 2025
37474
Segundo. El VII Plan Regional de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación de Extremadura, 2022-2025 (VII PRI+D+I) contempla entre sus objetivos impulsar la competitividad del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación y fomentar el liderazgo
científico y tecnológico de todos los agentes que lo conforman, entre los que se encuentra la
Universidad de Extremadura.
Por ello, la Línea estratégica 1, “Instrumentos de apoyo a la I+D+I”, del VII PRI+D+I incluye
en el Programa 2 las medidas para el fortalecimiento y excelencia científica de los Grupos de
Investigación. Para ello, la financiación el acceso a las bases de datos y revistas electrónicas
es fundamental para conocer los últimos avances en ciencia publicados.
Tercero. D. José María Carvajal González, Vicerrector de Investigación y Transferencia de la
Universidad de Extremadura, en representación de ésta, con fecha 12 de febrero de 2025 ha
aportado ante esta Secretaría General solicitud de esta ayuda, así como declaración responsable en la que manifiesta que la UEX no se halla incurso en las prohibiciones para obtener
la condición de beneficiario señaladas en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
Además, adjunta memoria descriptiva de las actividades a realizar y presupuesto detallado de
los gastos previstos, así como certificados de encontrarse al corriente con la Seguridad Social,
Hacienda Estatal y Hacienda Autonómica, todo ello, sin perjuicio de que dicha obligación debe
cumplirse en el momento del pago de la subvención, a tenor de lo dispuesto en el artículo
13.1.e) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Cuarto. Con fecha 3 de junio de 2025, esta resolución ha sido autorizada por el Consejo de
Gobierno de la Junta de Extremadura.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Competencia.
La competencia para conceder la presente subvención está atribuida, según el artículo 9.1 de
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura
“…a los secretarios generales de las consejerías de la Junta de Extremadura…”, por tanto, le
corresponde al Secretario General de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional la competencia para conceder.
No obstante, en virtud del resuelvo séptimo de la Resolución de 6 de noviembre de 2024, de
la Secretaría General, sobre delegación de determinadas competencias y delegación de firma
(DOE núm. 217, de 7 de noviembre) se delega en el Secretario General de Ciencia, Tecnología e Innovación las competencias para conceder subvenciones que sean su competencia por
razón de la materia.