Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025062569)
Resolución de 23 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Acuerdo entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y las Organizaciones Patronales y Sindicales de la Enseñanza Concertada de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sobre el fraccionamiento de abono del incremento del 2% del ejercicio de 2020.
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NÚMERO 124
37422
Lunes 30 de junio de 2025
ACUERDO ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL Y
LAS ORGANIZACIONES PATRONALES Y SINDICALES DE LA ENSEÑANZA CONCERTADA DE LA
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA, SOBRE EL FRACCIONAMIENTO DE ABONO DEL
INCREMENTO DEL 2% DEL EJERCICIO DE 2020.
Mérida, 8 de mayo de 2025.
INTERVIENEN
D.ª M.ª Mercedes Vaquera Mosquero, en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de conformidad con el artículo 36 de la Ley 1/2002, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura;
D.ª Elvira Bravo Donaire, en representación de la Confederación Española de Centros de Enseñanza de Extremadura (C.E.C.E.);
D. Juan Ignacio Poyatos Martínez, en representación de la Federación de Religiosos de Enseñanza de Escuelas Católicas de Extremadura (F.E.R.E-C.E.C.A.);
D.ª M.ª Socorro Fuentes Prieto, en representación de la Federación Educación y Gestión de
Extremadura (E. y G.);
D.ª M.ª Isabel Rojo Medina, en representación de la Unión de Cooperativas de Enseñanza de
Trabajo Asociado de Extremadura (U.C.E.T.A.EX.);
D. Tomás Rodríguez Copín, en representación de Federación de Enseñanza de CCOO Extremadura (FE CC.OO.);
D. Enrique Silveira Torremocha, en representación de la Federación de Sindicatos Independientes de la Enseñanza de Extremadura (F.S.I.E);
D. Juan Manuel Jiménez Sánchez, en representación de la Federación de Empleados y Empleadas de los Servicios Públicos de la Unión General de los Trabajadores (U.G.T-S.P.);
D. Francisco Javier Monserrat Sierra, en representación de la Federación de Enseñanza de la
Unión Sindical Obrera de Extremadura (U.S.O.);
EXPONEN
El artículo 117 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley
Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, establece que el importe del módulo económico por
unidad escolar, a efectos de distribución de la cuantía global de los fondos públicos destinados al sostenimiento de los centros concertados se fijará anualmente en los Presupuestos del
Estado.
37422
Lunes 30 de junio de 2025
ACUERDO ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL Y
LAS ORGANIZACIONES PATRONALES Y SINDICALES DE LA ENSEÑANZA CONCERTADA DE LA
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA, SOBRE EL FRACCIONAMIENTO DE ABONO DEL
INCREMENTO DEL 2% DEL EJERCICIO DE 2020.
Mérida, 8 de mayo de 2025.
INTERVIENEN
D.ª M.ª Mercedes Vaquera Mosquero, en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de conformidad con el artículo 36 de la Ley 1/2002, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura;
D.ª Elvira Bravo Donaire, en representación de la Confederación Española de Centros de Enseñanza de Extremadura (C.E.C.E.);
D. Juan Ignacio Poyatos Martínez, en representación de la Federación de Religiosos de Enseñanza de Escuelas Católicas de Extremadura (F.E.R.E-C.E.C.A.);
D.ª M.ª Socorro Fuentes Prieto, en representación de la Federación Educación y Gestión de
Extremadura (E. y G.);
D.ª M.ª Isabel Rojo Medina, en representación de la Unión de Cooperativas de Enseñanza de
Trabajo Asociado de Extremadura (U.C.E.T.A.EX.);
D. Tomás Rodríguez Copín, en representación de Federación de Enseñanza de CCOO Extremadura (FE CC.OO.);
D. Enrique Silveira Torremocha, en representación de la Federación de Sindicatos Independientes de la Enseñanza de Extremadura (F.S.I.E);
D. Juan Manuel Jiménez Sánchez, en representación de la Federación de Empleados y Empleadas de los Servicios Públicos de la Unión General de los Trabajadores (U.G.T-S.P.);
D. Francisco Javier Monserrat Sierra, en representación de la Federación de Enseñanza de la
Unión Sindical Obrera de Extremadura (U.S.O.);
EXPONEN
El artículo 117 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley
Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, establece que el importe del módulo económico por
unidad escolar, a efectos de distribución de la cuantía global de los fondos públicos destinados al sostenimiento de los centros concertados se fijará anualmente en los Presupuestos del
Estado.