Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Junta Consultiva De Contratación Administrativa. (2025040107)
Decreto 63/2025, de 24 de junio, por el que se modifica el Decreto 24/2023, de 29 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y el Decreto 232/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.
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NÚMERO 123
Viernes 27 de junio de 2025
37097
de conformidad con el artículo 9.1.1 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, en su redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero; así como,
la competencia de desarrollo normativo y ejecución en materia de contratación del sector
público, según lo dispuesto por el artículo 10.1.1 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. En ambas materias, corresponde a la Comunidad Autónoma de
Extremadura, tanto la función legislativa, como la potestad reglamentaria.
Las competencias normativas de la Comunidad Autónoma en materia de contratación se encuentran recogidas, con carácter principal, en la Ley 12/2018, de 26 de diciembre, de contratación pública socialmente responsable de Extremadura. Además, y a los efectos que ahora
interesan, en la Comunidad Autónoma de Extremadura es de aplicación el Decreto 24/2023,
de 29 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento de la Junta Consultiva
de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Según el artículo 1 de referido decreto, “la Junta Consultiva de Contratación Administrativa
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, adscrita a la Consejería competente en materia
de hacienda, es el órgano consultivo en materia de contratación administrativa de la Junta de
Extremadura y de las entidades con la consideración de poder adjudicador integradas en su
sector público autonómico, que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de la legislación
estatal de contratos del sector público”.
Por su parte, el artículo 2 del Decreto 232/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, adscribe a
la Secretaría General de esta consejería la Junta Consultiva de Contratación Administrativa.
Razones de eficacia y eficiencia aconsejan residenciar las competencias en materia de clasificación de las empresas que ostenta la Comunidad Autónoma en virtud de la normativa básica
estatal en la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de Extremadura, integrando en
la misma la Comisión de Clasificación Empresarial de Extremadura, que se crea a través del
presente decreto.
Para ello, es necesario modificar el Decreto 24/2023, de 29 de marzo, por el que se regula
la organización y funcionamiento de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
También se hace necesario modificar el Decreto 232/2023, de 12 de septiembre, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, a
fin de crear el Servicio de Coordinación de la Contratación y Clasificación de Empresas, como
unidad de apoyo a la Comisión. Esto hace necesario modificar la denominación de uno de los
servicios actuales.
Viernes 27 de junio de 2025
37097
de conformidad con el artículo 9.1.1 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, en su redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero; así como,
la competencia de desarrollo normativo y ejecución en materia de contratación del sector
público, según lo dispuesto por el artículo 10.1.1 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. En ambas materias, corresponde a la Comunidad Autónoma de
Extremadura, tanto la función legislativa, como la potestad reglamentaria.
Las competencias normativas de la Comunidad Autónoma en materia de contratación se encuentran recogidas, con carácter principal, en la Ley 12/2018, de 26 de diciembre, de contratación pública socialmente responsable de Extremadura. Además, y a los efectos que ahora
interesan, en la Comunidad Autónoma de Extremadura es de aplicación el Decreto 24/2023,
de 29 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento de la Junta Consultiva
de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Según el artículo 1 de referido decreto, “la Junta Consultiva de Contratación Administrativa
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, adscrita a la Consejería competente en materia
de hacienda, es el órgano consultivo en materia de contratación administrativa de la Junta de
Extremadura y de las entidades con la consideración de poder adjudicador integradas en su
sector público autonómico, que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de la legislación
estatal de contratos del sector público”.
Por su parte, el artículo 2 del Decreto 232/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, adscribe a
la Secretaría General de esta consejería la Junta Consultiva de Contratación Administrativa.
Razones de eficacia y eficiencia aconsejan residenciar las competencias en materia de clasificación de las empresas que ostenta la Comunidad Autónoma en virtud de la normativa básica
estatal en la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de Extremadura, integrando en
la misma la Comisión de Clasificación Empresarial de Extremadura, que se crea a través del
presente decreto.
Para ello, es necesario modificar el Decreto 24/2023, de 29 de marzo, por el que se regula
la organización y funcionamiento de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
También se hace necesario modificar el Decreto 232/2023, de 12 de septiembre, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, a
fin de crear el Servicio de Coordinación de la Contratación y Clasificación de Empresas, como
unidad de apoyo a la Comisión. Esto hace necesario modificar la denominación de uno de los
servicios actuales.