Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025062508)
Resolución de 17 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de Extremadura y la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE), para la prestación de servicios educativos, en el marco de la escuela inclusiva, al alumnado con discapacidad visual.
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NÚMERO 121
Miércoles 25 de junio de 2025
36607
CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN
PROFESIONAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA Y LA
ORGANIZACIÓN NACIONAL DE CIEGOS ESPAÑOLES (ONCE), PARA LA PRESTACIÓN
DE SERVICIOS EDUCATIVOS, EN EL MARCO DE LA ESCUELA INCLUSIVA,
AL ALUMNADO CON DISCAPACIDAD VISUAL.
Mérida, 13 de junio de 2025.
REUNIDOS
De una parte, Dña. María Mercedes Vaquera Mosquero, Consejera de Educación, Ciencia y
Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de Extremadura en nombre y representación de la misma, nombrada mediante Decreto 23/2023, de 20 de julio, por el que se dispone
su nombramiento como Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta
de Extremadura (DOE n.º 140, 21 julio 2023).
Y de otra, D. Fernando Iglesias García, como representante de la Organización Nacional de
Ciegos Españoles (en adelante ONCE), con CIF G-72872815, con domicilio, a estos efectos,
en Badajoz (06002), calle Manuel Fernández Mejías, 5, y en virtud del Poder otorgado ante el
Notario de Madrid, D. Enrique-Javier de Bernardo Martínez-Piñeiro, de fecha 31 de enero de
2023, con el número 462 de su protocolo.
Ambas partes, en representación que ostentan, reconocen recíprocamente capacidad legal
suficiente y vigencia de las facultades con las que actúan, para suscribir el presente convenio,
y a tal efecto:
EXPONEN
Primero. Que el Estatuto de Autonomía de Extremadura, aprobado por Ley Orgánica 1/2011,
de 28 de enero, en su artículo 10, otorga a la Comunidad Autónoma de Extremadura las competencias de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles,
grados, modalidades y especialidades. En particular tiene atribuidas las que se refieren al
régimen, organización, seguimiento y control de los centros educativos, así como aquellas
relacionadas con personal docente que presta sus servicios en los mismos y en las unidades
de apoyo educativo.
Segundo. Que, de conformidad con el Decreto 237/2023, de 12 de septiembre, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, (DOE extraordinario número 3 de 16 de septiembre), dicha consejería ejerce funciones
relativas a la “programación y ejecución de acciones que potencien la educación en valores,
la inclusión y las medidas de atención a la diversidad”, a través de su Dirección General de
Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa.
Miércoles 25 de junio de 2025
36607
CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN
PROFESIONAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA Y LA
ORGANIZACIÓN NACIONAL DE CIEGOS ESPAÑOLES (ONCE), PARA LA PRESTACIÓN
DE SERVICIOS EDUCATIVOS, EN EL MARCO DE LA ESCUELA INCLUSIVA,
AL ALUMNADO CON DISCAPACIDAD VISUAL.
Mérida, 13 de junio de 2025.
REUNIDOS
De una parte, Dña. María Mercedes Vaquera Mosquero, Consejera de Educación, Ciencia y
Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de Extremadura en nombre y representación de la misma, nombrada mediante Decreto 23/2023, de 20 de julio, por el que se dispone
su nombramiento como Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta
de Extremadura (DOE n.º 140, 21 julio 2023).
Y de otra, D. Fernando Iglesias García, como representante de la Organización Nacional de
Ciegos Españoles (en adelante ONCE), con CIF G-72872815, con domicilio, a estos efectos,
en Badajoz (06002), calle Manuel Fernández Mejías, 5, y en virtud del Poder otorgado ante el
Notario de Madrid, D. Enrique-Javier de Bernardo Martínez-Piñeiro, de fecha 31 de enero de
2023, con el número 462 de su protocolo.
Ambas partes, en representación que ostentan, reconocen recíprocamente capacidad legal
suficiente y vigencia de las facultades con las que actúan, para suscribir el presente convenio,
y a tal efecto:
EXPONEN
Primero. Que el Estatuto de Autonomía de Extremadura, aprobado por Ley Orgánica 1/2011,
de 28 de enero, en su artículo 10, otorga a la Comunidad Autónoma de Extremadura las competencias de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles,
grados, modalidades y especialidades. En particular tiene atribuidas las que se refieren al
régimen, organización, seguimiento y control de los centros educativos, así como aquellas
relacionadas con personal docente que presta sus servicios en los mismos y en las unidades
de apoyo educativo.
Segundo. Que, de conformidad con el Decreto 237/2023, de 12 de septiembre, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, (DOE extraordinario número 3 de 16 de septiembre), dicha consejería ejerce funciones
relativas a la “programación y ejecución de acciones que potencien la educación en valores,
la inclusión y las medidas de atención a la diversidad”, a través de su Dirección General de
Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa.