Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Cartas De Servicios. (2025062510)
Resolución de 17 de junio de 2025, de la Dirección General de Tributos, por la que se aprueba la actualización de la Carta de Servicios denominada "Servicios del Área Tributaria de la Junta de Extremadura".
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NÚMERO 121
Miércoles 25 de junio de 2025
36636
1. D
ATOS IDENTIFICATIVOS DE LOS ÓRGANOS RESPONSABLES DE LA PRESTACIÓN DE LOS
SERVICIOS RECOGIDOS EN LA CARTA.
1.1 DATOS IDENTIFICATIVOS.
La Dirección General de Tributos es el órgano directivo integrado en la Consejería de Hacienda y Administración Pública al cual, bajo la superior dirección de la persona titular de
la Consejería y la coordinación de la Secretaría General de Presupuestos y Financiación, le
corresponden las atribuciones de dirección, impulso, gestión, liquidación, inspección, revisión y recaudación de tributos y demás ingresos, conforme a las normas que los regulan,
estableciendo las correspondientes relaciones de cooperación entre el Estado y las demás
Administraciones Públicas en materia tributaria, así como la gestión de las competencias
y funciones que ostenta la Comunidad Autónoma en materia de juego. Igualmente, le
corresponden el impulso, organización y funcionamiento de la Junta Económico-Administrativa de Extremadura. Todo ello de conformidad con el Decreto 232/2023, de 12 de
septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y
Administración Pública.
Los objetivos principales de este órgano se concretan y definen anualmente en las Resoluciones por las que se publican los criterios que informan el Plan de Control Tributario de la
Comunidad Autónoma de Extremadura para el año en curso.
Esta carta se aplica a los siguientes servicios que integran la Dirección General de Tributos:
Servicio de Recaudación (Mérida).
Servicio de Inspección Fiscal (Mérida).
Servicio de Valoraciones (Mérida).
Servicio de Juego (Mérida).
Servicio Fiscal de Mérida.
Servicio de Gestión y Coordinación Tributaria.
Servicio Fiscal de Badajoz.
Servicio Fiscal de Cáceres.
Unidad de Automatización Tributaria, así como las Oficinas Liquidadoras ubicadas en el
territorio de la Comunidad Autónoma, todos ellos órganos dependientes de la Dirección
General de Tributos, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta
de Extremadura.
Miércoles 25 de junio de 2025
36636
1. D
ATOS IDENTIFICATIVOS DE LOS ÓRGANOS RESPONSABLES DE LA PRESTACIÓN DE LOS
SERVICIOS RECOGIDOS EN LA CARTA.
1.1 DATOS IDENTIFICATIVOS.
La Dirección General de Tributos es el órgano directivo integrado en la Consejería de Hacienda y Administración Pública al cual, bajo la superior dirección de la persona titular de
la Consejería y la coordinación de la Secretaría General de Presupuestos y Financiación, le
corresponden las atribuciones de dirección, impulso, gestión, liquidación, inspección, revisión y recaudación de tributos y demás ingresos, conforme a las normas que los regulan,
estableciendo las correspondientes relaciones de cooperación entre el Estado y las demás
Administraciones Públicas en materia tributaria, así como la gestión de las competencias
y funciones que ostenta la Comunidad Autónoma en materia de juego. Igualmente, le
corresponden el impulso, organización y funcionamiento de la Junta Económico-Administrativa de Extremadura. Todo ello de conformidad con el Decreto 232/2023, de 12 de
septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y
Administración Pública.
Los objetivos principales de este órgano se concretan y definen anualmente en las Resoluciones por las que se publican los criterios que informan el Plan de Control Tributario de la
Comunidad Autónoma de Extremadura para el año en curso.
Esta carta se aplica a los siguientes servicios que integran la Dirección General de Tributos:
Servicio de Recaudación (Mérida).
Servicio de Inspección Fiscal (Mérida).
Servicio de Valoraciones (Mérida).
Servicio de Juego (Mérida).
Servicio Fiscal de Mérida.
Servicio de Gestión y Coordinación Tributaria.
Servicio Fiscal de Badajoz.
Servicio Fiscal de Cáceres.
Unidad de Automatización Tributaria, así como las Oficinas Liquidadoras ubicadas en el
territorio de la Comunidad Autónoma, todos ellos órganos dependientes de la Dirección
General de Tributos, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta
de Extremadura.