Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Cartas De Servicios. (2025062510)
Resolución de 17 de junio de 2025, de la Dirección General de Tributos, por la que se aprueba la actualización de la Carta de Servicios denominada "Servicios del Área Tributaria de la Junta de Extremadura".
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NÚMERO 121
Miércoles 25 de junio de 2025
36661
3.3.2. Revisión de oficio de actos administrativos en materia tributaria.
Anteponiendo los principios de legalidad y seguridad jurídica, revisamos de oficio nuestros propios actos administrativos en materia tributaria.
3.3.3. Resolución de recursos y reclamaciones.
Resolvemos los recursos de reposición y las reclamaciones económico-administrativas
interpuestas por la/el contribuyente frente a actos administrativos de la Administración
Tributaria Autonómica.
3.3.4. Rectificación de autoliquidaciones.
A instancia de la/el contribuyente, modificamos los datos declarados en una autoliquidación que previamente hubiese presentado, siempre que considere que se han visto
perjudicados de cualquier modo sus intereses legítimos.
3.3.5. Devolución de ingresos indebidos.
Sin perjuicio de las devoluciones que instruimos de oficio, resolvemos las solicitudes
presentadas por las/los obligadas/os tributarias/os, por las personas infractoras que
hubiesen sido sancionadas con motivo del cumplimiento de una obligación tributaria,
por las personas o entidades que hubiesen soportado una retención o ingreso en cuenta, así como por cualesquiera otros previstos en la normativa tributaria; en relación con
las cantidades que desde su punto de vista hubieran ingresado indebidamente en la
Hacienda Autonómica.
3.3.6. Reembolso del coste de avales y otras garantías.
Resolvemos las solicitudes de reembolso del coste de los avales y otras garantías aportadas para suspender la ejecución de un acto o para aplazar o fraccionar el pago de
una deuda, si dicho acto o deuda es declarado total o parcialmente improcedente por
sentencia o resolución administrativa firme, con abono del interés legal sin necesidad
de efectuar requerimiento al efecto, así como a la reducción proporcional de la garantía
en los supuestos de estimación personal del recurso o de la reclamación interpuesta.
3.4. SERVICIOS DIRIGIDOS A FACILITAR EL PAGO DE DEUDAS FRENTE A LA HACIENDA
REGIONAL.
Ponemos a disposición de la persona obligada frente a la Hacienda Regional, las siguientes
formas de realizar el pago de su deuda:
Miércoles 25 de junio de 2025
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3.3.2. Revisión de oficio de actos administrativos en materia tributaria.
Anteponiendo los principios de legalidad y seguridad jurídica, revisamos de oficio nuestros propios actos administrativos en materia tributaria.
3.3.3. Resolución de recursos y reclamaciones.
Resolvemos los recursos de reposición y las reclamaciones económico-administrativas
interpuestas por la/el contribuyente frente a actos administrativos de la Administración
Tributaria Autonómica.
3.3.4. Rectificación de autoliquidaciones.
A instancia de la/el contribuyente, modificamos los datos declarados en una autoliquidación que previamente hubiese presentado, siempre que considere que se han visto
perjudicados de cualquier modo sus intereses legítimos.
3.3.5. Devolución de ingresos indebidos.
Sin perjuicio de las devoluciones que instruimos de oficio, resolvemos las solicitudes
presentadas por las/los obligadas/os tributarias/os, por las personas infractoras que
hubiesen sido sancionadas con motivo del cumplimiento de una obligación tributaria,
por las personas o entidades que hubiesen soportado una retención o ingreso en cuenta, así como por cualesquiera otros previstos en la normativa tributaria; en relación con
las cantidades que desde su punto de vista hubieran ingresado indebidamente en la
Hacienda Autonómica.
3.3.6. Reembolso del coste de avales y otras garantías.
Resolvemos las solicitudes de reembolso del coste de los avales y otras garantías aportadas para suspender la ejecución de un acto o para aplazar o fraccionar el pago de
una deuda, si dicho acto o deuda es declarado total o parcialmente improcedente por
sentencia o resolución administrativa firme, con abono del interés legal sin necesidad
de efectuar requerimiento al efecto, así como a la reducción proporcional de la garantía
en los supuestos de estimación personal del recurso o de la reclamación interpuesta.
3.4. SERVICIOS DIRIGIDOS A FACILITAR EL PAGO DE DEUDAS FRENTE A LA HACIENDA
REGIONAL.
Ponemos a disposición de la persona obligada frente a la Hacienda Regional, las siguientes
formas de realizar el pago de su deuda: