Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Salud. Subvenciones. (2025062515)
Resolución de 10 de junio de 2025, de la Dirección General de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones a conceder por la Consejería de Salud y Servicios Sociales para la financiación de proyectos técnicos de ciudades saludables y sostenibles, desarrollados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025.
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NÚMERO 121
Miércoles 25 de junio de 2025
36681
RESUELVO:
Primero. Conceder las subvenciones a los beneficiarios incluidos en el anexo I, en la cuantía
que en los mismos se relacionan y con indicación de los proyectos a los que se destinan, con
cargo a la posición presupuestaria 110020000/G/212A/46000, código proyecto 20160090.
en la parte financiada con fondos propios de la Comunidad Autónoma, según las siguientes,
CONDICIONES:
1. O
bjeto de la subvención:
Las entidades locales beneficiarias, que se relacionan en el anexo I, desarrollarán los proyectos técnicos de “Ciudades saludables y Sostenibles”, en los términos presentados y de
acuerdo con las líneas estratégicas establecidas en la convocatoria, dentro del marco de
las directrices europeas vigentes.
2. O
bligaciones de las entidades beneficiarias:
a) Realizar el proyecto para el que se le concede la subvención en el periodo comprendido
entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025 en la forma y condiciones establecidas.
b) Destinar los bienes adquiridos a la finalidad para la que se concede la subvención.
c) Acreditar estar dados de alta en el Subsistema de Terceros de la Junta de Extremadura,
en el caso de que no se haya remitido esta información con anterioridad.
d) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos, condiciones y
finalidad que determinan la concesión de la subvención en los términos señalados en la
Resolución de 5 de marzo de 2025.
e) S
ometerse a las actividades de comprobación, inspección y seguimiento que puedan
efectuar la Secretaría General de la Consejería de Salud y Servicios Sociales o los órganos de control competentes, aportando cuanta documentación les sea requerida, así
como a cualquier otra actuación de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios.
f) Asumir, salvo renuncia expresa, la aportación económica por la diferencia entre el importe de la cantidad concedida y el coste total del proyecto para la que se solicita la
subvención, garantizando que la misma se haga efectiva en los términos y condiciones
tenidos en cuenta para el otorgamiento de la subvención.
g) Comunicar por escrito a la Secretaría General de la Consejería de Salud y Servicios Sociales, en el plazo máximo de diez días, cualquier eventualidad que pudiera dar lugar al
incumplimiento de la finalidad para la que fue concedida.
Miércoles 25 de junio de 2025
36681
RESUELVO:
Primero. Conceder las subvenciones a los beneficiarios incluidos en el anexo I, en la cuantía
que en los mismos se relacionan y con indicación de los proyectos a los que se destinan, con
cargo a la posición presupuestaria 110020000/G/212A/46000, código proyecto 20160090.
en la parte financiada con fondos propios de la Comunidad Autónoma, según las siguientes,
CONDICIONES:
1. O
bjeto de la subvención:
Las entidades locales beneficiarias, que se relacionan en el anexo I, desarrollarán los proyectos técnicos de “Ciudades saludables y Sostenibles”, en los términos presentados y de
acuerdo con las líneas estratégicas establecidas en la convocatoria, dentro del marco de
las directrices europeas vigentes.
2. O
bligaciones de las entidades beneficiarias:
a) Realizar el proyecto para el que se le concede la subvención en el periodo comprendido
entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025 en la forma y condiciones establecidas.
b) Destinar los bienes adquiridos a la finalidad para la que se concede la subvención.
c) Acreditar estar dados de alta en el Subsistema de Terceros de la Junta de Extremadura,
en el caso de que no se haya remitido esta información con anterioridad.
d) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos, condiciones y
finalidad que determinan la concesión de la subvención en los términos señalados en la
Resolución de 5 de marzo de 2025.
e) S
ometerse a las actividades de comprobación, inspección y seguimiento que puedan
efectuar la Secretaría General de la Consejería de Salud y Servicios Sociales o los órganos de control competentes, aportando cuanta documentación les sea requerida, así
como a cualquier otra actuación de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios.
f) Asumir, salvo renuncia expresa, la aportación económica por la diferencia entre el importe de la cantidad concedida y el coste total del proyecto para la que se solicita la
subvención, garantizando que la misma se haga efectiva en los términos y condiciones
tenidos en cuenta para el otorgamiento de la subvención.
g) Comunicar por escrito a la Secretaría General de la Consejería de Salud y Servicios Sociales, en el plazo máximo de diez días, cualquier eventualidad que pudiera dar lugar al
incumplimiento de la finalidad para la que fue concedida.