Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Pymes. Ayudas. (2025050097)
Orden de 18 de junio de 2025 por la que se fija el tipo de interés máximo a aplicar durante el segundo semestre natural del año 2025 a las operaciones formalizadas al amparo del Decreto 142/2001, de 25 de septiembre, por el que se establece un programa de financiación prioritaria del tejido empresarial de esta Comunidad Autónoma.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 121
36633
Miércoles 25 de junio de 2025
Asimismo, el tipo de interés nominal máximo a aplicar durante el segundo semestre natural
de 2025 para las distintas líneas acogidas al Decreto 142/2001, y en concreto a aquellas operaciones formalizadas o que se formalicen a partir de la entrada en vigor del Decreto 40/2003,
de 8 de abril, es:
a) Un tipo de interés máximo del 3,125% nominal anual a las operaciones a las que sean
de aplicación la línea de financiación:
— Línea de Préstamos de Financiación de Inversiones.
b) Un tipo de interés máximo del 5,00% nominal anual a aplicar el primer año de la vigencia de la operación. Y, para el segundo semestre natural del año 2025, un tipo de interés
máximo del 2,625% en la línea de financiación:
— Línea de Financiación Solidaria.
Y este mismo tipo será el establecido para aquellas operaciones a las que le sea de aplicación
la disposición adicional duodécima de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de
Reforma del Sistema Financiero.
Mérida, 18 de junio de 2025.
La Consejera de Hacienda y
Administración Pública,
ELENA MANZANO SILVA
36633
Miércoles 25 de junio de 2025
Asimismo, el tipo de interés nominal máximo a aplicar durante el segundo semestre natural
de 2025 para las distintas líneas acogidas al Decreto 142/2001, y en concreto a aquellas operaciones formalizadas o que se formalicen a partir de la entrada en vigor del Decreto 40/2003,
de 8 de abril, es:
a) Un tipo de interés máximo del 3,125% nominal anual a las operaciones a las que sean
de aplicación la línea de financiación:
— Línea de Préstamos de Financiación de Inversiones.
b) Un tipo de interés máximo del 5,00% nominal anual a aplicar el primer año de la vigencia de la operación. Y, para el segundo semestre natural del año 2025, un tipo de interés
máximo del 2,625% en la línea de financiación:
— Línea de Financiación Solidaria.
Y este mismo tipo será el establecido para aquellas operaciones a las que le sea de aplicación
la disposición adicional duodécima de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de
Reforma del Sistema Financiero.
Mérida, 18 de junio de 2025.
La Consejera de Hacienda y
Administración Pública,
ELENA MANZANO SILVA