Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2025062553)
Resolución de 23 de junio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos del Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del "III Convenio Colectivo para las empresas y personas trabajadoras de transporte de enfermos y accidentados en ambulancia de la Comunidad Autónoma de Extremadura".
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NÚMERO 120
Martes 24 de junio de 2025
36421
Está formado por las siguientes categorías profesionales:
Jefe/a de equipo: Es el responsable inmediato del personal operativo que tenga a su cargo.
Jefe/a de tráfico: Es el que tiene a su cargo planificar y supervisar los movimientos de los
vehículos de la empresa, efectuando el control de tráfico mediante la recepción de la demanda de servicios y comunicación de su realización al personal de movimiento mediante
la elaboración de la hoja de reparto diario de servicios.
Gestor/a de tráfico: Es el que tiene como misión la recepción y atención de las llamadas
telefónicas de pacientes, usuarios y clientes del servicio en la empresa o en un Centro
Coordinador, introduciendo en las aplicaciones informáticas los datos para generar las
órdenes de servicio y efectuar las comunicaciones con el personal de movimiento para la
correcta prestación del mismo.
Técnico/a en Emergencia Sanitaria (TES) Conductor: Tiene la competencia general de
mantener preventivamente el vehículo y controlar la dotación de material del mismo,
realizando atención básica sanitaria en el entorno prehospitalario, trasladando al paciente
al centro sanitario útil, así como aplicar técnicas de apoyo psicológico y social al paciente
y sus familiares, debiendo estar en posesión del correspondiente permiso de conducir. La
empresa estará obligada a facilitar y asumir el coste de la formación necesaria para acceder a la titulación y/o certificación, que en cada caso exijan las entidades beneficiarias del
servicio.
Técnico/a en Transporte Sanitario (TTS) Conductor: Es el/la empleado/a que es contratado/a
para conducir los vehículos de asistencia sanitaria, estando en posesión del correspondiente permiso de conducir. Realizará las tareas auxiliares y complementarias relacionadas con
el vehículo y el enfermo y/o accidentado, necesario para la correcta prestación del servicio.
La empresa estará obligada a facilitar y asumir el coste de la formación necesaria para
acceder a la titulación y/o certificación, que en cada caso exijan las entidades beneficiarias
del servicio.
Técnico/a en Transporte Sanitario (TTS) Ayudante Conductor/a-Camillero/a: Tendrá las
tareas propias de camillero/a y conocimientos sanitarios para la atención y seguimiento del
paciente, realizando las tareas auxiliares y complementarias relacionadas con el vehículo
y el enfermo y/o accidentado, necesarias para la correcta prestación del servicio. Tendrán
carné de conducir suficiente podrán y deberán ser formados para conductor de ambulancias. Esta formación de conducción no podrá sobrepasar el 50 por 100 de su tiempo
mientras ostentan la retribución como ayudantes. La empresa estará obligada a facilitar y
asumir el coste de la formación necesaria para acceder a la titulación y/o certificación, que
Martes 24 de junio de 2025
36421
Está formado por las siguientes categorías profesionales:
Jefe/a de equipo: Es el responsable inmediato del personal operativo que tenga a su cargo.
Jefe/a de tráfico: Es el que tiene a su cargo planificar y supervisar los movimientos de los
vehículos de la empresa, efectuando el control de tráfico mediante la recepción de la demanda de servicios y comunicación de su realización al personal de movimiento mediante
la elaboración de la hoja de reparto diario de servicios.
Gestor/a de tráfico: Es el que tiene como misión la recepción y atención de las llamadas
telefónicas de pacientes, usuarios y clientes del servicio en la empresa o en un Centro
Coordinador, introduciendo en las aplicaciones informáticas los datos para generar las
órdenes de servicio y efectuar las comunicaciones con el personal de movimiento para la
correcta prestación del mismo.
Técnico/a en Emergencia Sanitaria (TES) Conductor: Tiene la competencia general de
mantener preventivamente el vehículo y controlar la dotación de material del mismo,
realizando atención básica sanitaria en el entorno prehospitalario, trasladando al paciente
al centro sanitario útil, así como aplicar técnicas de apoyo psicológico y social al paciente
y sus familiares, debiendo estar en posesión del correspondiente permiso de conducir. La
empresa estará obligada a facilitar y asumir el coste de la formación necesaria para acceder a la titulación y/o certificación, que en cada caso exijan las entidades beneficiarias del
servicio.
Técnico/a en Transporte Sanitario (TTS) Conductor: Es el/la empleado/a que es contratado/a
para conducir los vehículos de asistencia sanitaria, estando en posesión del correspondiente permiso de conducir. Realizará las tareas auxiliares y complementarias relacionadas con
el vehículo y el enfermo y/o accidentado, necesario para la correcta prestación del servicio.
La empresa estará obligada a facilitar y asumir el coste de la formación necesaria para
acceder a la titulación y/o certificación, que en cada caso exijan las entidades beneficiarias
del servicio.
Técnico/a en Transporte Sanitario (TTS) Ayudante Conductor/a-Camillero/a: Tendrá las
tareas propias de camillero/a y conocimientos sanitarios para la atención y seguimiento del
paciente, realizando las tareas auxiliares y complementarias relacionadas con el vehículo
y el enfermo y/o accidentado, necesarias para la correcta prestación del servicio. Tendrán
carné de conducir suficiente podrán y deberán ser formados para conductor de ambulancias. Esta formación de conducción no podrá sobrepasar el 50 por 100 de su tiempo
mientras ostentan la retribución como ayudantes. La empresa estará obligada a facilitar y
asumir el coste de la formación necesaria para acceder a la titulación y/o certificación, que