Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2025AC0049)
Acuerdo de 27 de junio de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva parcial del Plan General Municipal de Monesterio.
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NÚMERO 119

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Lunes 23 de junio de 2025

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Superficie máxima construida para vivienda, incluso construcciones
auxiliares: El 2% de la superficie de la parcela.



Altura máxima: 2 plantas y 7,5 metros.



Separación mínima a linderos: 15 metros.



Separación mínima a viario público: 25 metros.



Separación mínima a edificaciones de uso residencial en otras parcelas: 150 metros

Las edificaciones de uso residencial cumplirán las siguientes condiciones estéticas:
Los materiales, textura y color de todas las fachadas y medianeras vistas se adecuarán a los
históricamente empleados por la arquitectura popular de la comarca.
Los colores utilizados en revocos de fachadas serán acordes con los tradicionales, blanco de
cal, colores arenosos etc., Quedan prohibidos los colores no uniformes o estridentes en el paramento
general de la fachada
Quedan expresamente prohibidos los siguientes materiales a cara vista:
El ladrillo a cara vista, en todas sus variedades y calidades, excepto en detalles ornamentales
tales como cornisas, recercos, molduras, impostas etc.
Bloques de hormigón o Termoarcilla, (sin revocar)

u otros materiales no planos, o con

decoración.
Aplacados cerámicos y vitrificados, excepto

aquellos detalles ornamentales propios de la

arquitectura popular de la zona.
Las cubiertas serán inclinadas o planas, pueden ser de composición libre, pero la altura total al
punto más alto de la cumbrera no debe sobrepasar los 10,5 m. de altura. La inclinación máxima de los
faldones de las cubiertas inclinadas será de 30°.
La cobertura de los tejados se realizará con teja cerámica, bien de tipo árabe (con canal y
cobija independientes) o teja mixta (con canal y cobija unidas) de color rojizo terroso.