Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2025AC0049)
Acuerdo de 27 de junio de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva parcial del Plan General Municipal de Monesterio.
344 páginas totales
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NÚMERO 119
35967
Lunes 23 de junio de 2025
59
Habrá de preverse la conexión con el viario, la superficie necesaria para maniobra
y aparcamiento de camiones y maquinaria, y el aislamiento de la explotación y sus instalaciones
respecto al entorno. Para ello, se establecerá una distancia mínima de linderos de 25 metros, y se
procederá al cercado de la parcela afectada con especies vegetales de porte suficiente para esta
finalidad.
Las actividades extractivas y mineras existentes a la entrada en vigor de este Plan en las zonas
delimitadas como suelo no urbanizable protegido que cuenten con previa autorización para la
extracción de la Administración sectorial competente en materia de minas pero que carezcan de las
preceptivas autorizaciones de las Administraciones competentes en materia de urbanismo y medio
ambiente podrán de forma excepcional, ser admitidas previa formulación de un Plan Especial de
Restauración y Reforestación que establezca los objetivos para la recuperación ambiental de la zona
tales como medidas para evitar la erosión y corrección de impactos producidos por el ejercicio de la
actividad, medidas tendentes a la restauración, reposición, acondicionamiento y puesta en valor del
suelo. El plazo máximo de la autorización será en todo caso de 10 años.
Si las actividades extractivas y mineras existentes en estas categorías de especial protección
cuentan con la autorización del organismo de minas y las demás precisas de las Administraciones
urbanísticas y medioambientales podrán continuar su explotación conforme al Proyecto y plazos
autorizados.
Artículo 3.5.12. Condiciones de las Actividades de Depósito de Materiales y Residuos
Dentro de esta categoría se prevén específicamente las siguientes actividades:
•
Las actividades de depósito de chatarra y desguace de vehículos de motor o de
electrodomésticos.
•
El almacenamiento de maquinaria para obras civiles y de infraestructuras. Se incluye
también la actividad de almacenamiento de maquinaria con destino a labores agrícolas
como negocio independiente de la explotación agraria.
•
El estacionamiento provisional de vehículos destinados al transporte de mercancías.
No se incluyen las infraestructuras básicas de gestión de residuos (ecoparques, vertederos,
escombreras etc.), que se encuadran en el uso de infraestructuras y servicios públicos.
Condiciones de Implantación:
Actividades de depósito y desguace de maquinaria, vehículos a motor y electrodomésticos:
•
Unidad rústica apta para la edificación: 20.000 metros cuadrados (2 has.)
•
Establecimiento de arbolado en su perímetro y garantía de condiciones de mimetización
para disminuir el impacto paisajístico.
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Lunes 23 de junio de 2025
59
Habrá de preverse la conexión con el viario, la superficie necesaria para maniobra
y aparcamiento de camiones y maquinaria, y el aislamiento de la explotación y sus instalaciones
respecto al entorno. Para ello, se establecerá una distancia mínima de linderos de 25 metros, y se
procederá al cercado de la parcela afectada con especies vegetales de porte suficiente para esta
finalidad.
Las actividades extractivas y mineras existentes a la entrada en vigor de este Plan en las zonas
delimitadas como suelo no urbanizable protegido que cuenten con previa autorización para la
extracción de la Administración sectorial competente en materia de minas pero que carezcan de las
preceptivas autorizaciones de las Administraciones competentes en materia de urbanismo y medio
ambiente podrán de forma excepcional, ser admitidas previa formulación de un Plan Especial de
Restauración y Reforestación que establezca los objetivos para la recuperación ambiental de la zona
tales como medidas para evitar la erosión y corrección de impactos producidos por el ejercicio de la
actividad, medidas tendentes a la restauración, reposición, acondicionamiento y puesta en valor del
suelo. El plazo máximo de la autorización será en todo caso de 10 años.
Si las actividades extractivas y mineras existentes en estas categorías de especial protección
cuentan con la autorización del organismo de minas y las demás precisas de las Administraciones
urbanísticas y medioambientales podrán continuar su explotación conforme al Proyecto y plazos
autorizados.
Artículo 3.5.12. Condiciones de las Actividades de Depósito de Materiales y Residuos
Dentro de esta categoría se prevén específicamente las siguientes actividades:
•
Las actividades de depósito de chatarra y desguace de vehículos de motor o de
electrodomésticos.
•
El almacenamiento de maquinaria para obras civiles y de infraestructuras. Se incluye
también la actividad de almacenamiento de maquinaria con destino a labores agrícolas
como negocio independiente de la explotación agraria.
•
El estacionamiento provisional de vehículos destinados al transporte de mercancías.
No se incluyen las infraestructuras básicas de gestión de residuos (ecoparques, vertederos,
escombreras etc.), que se encuadran en el uso de infraestructuras y servicios públicos.
Condiciones de Implantación:
Actividades de depósito y desguace de maquinaria, vehículos a motor y electrodomésticos:
•
Unidad rústica apta para la edificación: 20.000 metros cuadrados (2 has.)
•
Establecimiento de arbolado en su perímetro y garantía de condiciones de mimetización
para disminuir el impacto paisajístico.