Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Subvenciones. (2025062491)
Resolución de 30 de mayo de 2025, de la Dirección General de Universidad, de concesión de una subvención directa, sin convocatoria previa, a favor del Centro Asociado UNED de Plasencia para financiar actuaciones del Centro Asociado de la UNED Plasencia durante 2025.
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NÚMERO 118
Viernes 20 de junio de 2025
35678
ta de constitución de garantías. No obstante, conforme al subapartado a) del citado precepto,
se requerirá informe previo favorable de la Consejería competente en materia de Hacienda.
Décimo. Obligaciones de la entidad beneficiaria.
El Centro Asociado de la UNED de Plasencia está obligada a:
a. Realizar las actividades objeto de la ayuda y destinar la misma a la finalidad para la que
ha sido concedida, en la forma, condiciones y plazos establecidos.
b. J ustificar ante el órgano concedente el cumplimiento de la finalidad de la ayuda, así
como acreditar y justificar los gastos y pagos realizados conforme a lo especificado en
apartado décimo segundo de la propuesta de resolución.
c. Someterse a las actuaciones de comprobación, que efectúe el órgano concedente, en su
caso, así como a cualesquiera otras actuaciones de comprobación y control financiero
que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información
le sea requerida.
d. C
onservar y custodiar la documentación original de la justificación de la subvención,
incluidos los documentos electrónicos.
e. Comunicar al órgano concedente la obtención de otras ayudas, ingresos o recursos para
la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administración o ente público, nacional
o internacional. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en
todo caso, con anterioridad a la justificación del destino dado a los fondos percibidos.
f. L
levar un sistema de contabilidad separado o un código contable adecuado en relación
con todas las transacciones relacionadas con la participación como beneficiario en estas
ayudas.
g. P
roceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 43 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
h. Cualquier otra obligación prevista en el texto de la resolución y de las recogidas en la
Ley 6/2011, de 23 de marzo.
Décimo primero. Comisión de Seguimiento.
Se establecerá una Comisión de Seguimiento para garantizar la ejecución, seguimiento y el
correcto cumplimento de la correspondiente Resolución, compuesta por los siguientes representantes:
Viernes 20 de junio de 2025
35678
ta de constitución de garantías. No obstante, conforme al subapartado a) del citado precepto,
se requerirá informe previo favorable de la Consejería competente en materia de Hacienda.
Décimo. Obligaciones de la entidad beneficiaria.
El Centro Asociado de la UNED de Plasencia está obligada a:
a. Realizar las actividades objeto de la ayuda y destinar la misma a la finalidad para la que
ha sido concedida, en la forma, condiciones y plazos establecidos.
b. J ustificar ante el órgano concedente el cumplimiento de la finalidad de la ayuda, así
como acreditar y justificar los gastos y pagos realizados conforme a lo especificado en
apartado décimo segundo de la propuesta de resolución.
c. Someterse a las actuaciones de comprobación, que efectúe el órgano concedente, en su
caso, así como a cualesquiera otras actuaciones de comprobación y control financiero
que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información
le sea requerida.
d. C
onservar y custodiar la documentación original de la justificación de la subvención,
incluidos los documentos electrónicos.
e. Comunicar al órgano concedente la obtención de otras ayudas, ingresos o recursos para
la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administración o ente público, nacional
o internacional. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en
todo caso, con anterioridad a la justificación del destino dado a los fondos percibidos.
f. L
levar un sistema de contabilidad separado o un código contable adecuado en relación
con todas las transacciones relacionadas con la participación como beneficiario en estas
ayudas.
g. P
roceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 43 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
h. Cualquier otra obligación prevista en el texto de la resolución y de las recogidas en la
Ley 6/2011, de 23 de marzo.
Décimo primero. Comisión de Seguimiento.
Se establecerá una Comisión de Seguimiento para garantizar la ejecución, seguimiento y el
correcto cumplimento de la correspondiente Resolución, compuesta por los siguientes representantes: