Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Seguridad Y Salud En El Trabajo. Subvenciones. (2025040086)
Decreto 49/2025, de 3 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la retirada de cubiertas ligeras que contengan materiales con amianto y la instalación de medidas de protección de caídas de altura en los centros de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
65 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 117
Jueves 19 de junio de 2025
35264
Se han clasificado las actuaciones en ocho áreas entre las que se encuentra el amianto. Según
se indica “Es necesario continuar y reforzar el control frente a la exposición de las personas
trabajadoras al asbesto, para evitar una proliferación de tumores pulmonares en la población
laboral. Algunas de las medidas a tomar serán la modernización y digitalización del trámite
administrativo que lo agilice. Dado que todo el proceso, tanto documental como de actividad
es altamente costoso, hacen que empresas y/o particulares sean poco receptivos a eliminar
en condiciones de seguridad los materiales que contienen fibras de amianto, y es por ello
que desde el IX Plan de Actuación se han diseñado medidas y acciones específicas para favorecer retiradas seguras de amianto que abarcan desde la dotación de ayudas económicas
a las empresas como la colaboración en la elaboración del censo de amianto en las distintas
poblaciones”.
Asimismo, se incluye dentro del “EJE I. Actuación preventiva” el objetivo de reducción de la
siniestralidad laboral, que desglosa por sectores las finalidades preventivas. Cabe destacar
dentro de los aspectos preventivos de interés en el sector de la construcción que el IX Plan de
Actuación de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la Prevención de Riesgos Laborales (2024-2027) “[…] desarrollará una normativa de carácter regional que aborde la necesidad de implantar sistemas de retención ante el riesgo de caída de altura, ya que es la principal
causa de accidentes laborales de carácter grave, muy grave o fallecimiento en este sector”.
Por todo ello se hace necesario dictar estas bases reguladoras, en aras a desarrollar acciones
dirigidas a la disminución de la siniestralidad laboral en Extremadura, minimizando las caídas
de altura en los trabajos de mantenimiento en las cubiertas de los centros de trabajo así como
limitando el riesgo exposición a material con amianto de las personas trabajadoras, fomentado la retirada de las cubiertas de estos centros de trabajo, contribuyendo con estas ayudas
públicas a conseguir unos objetivos que redundarán en una mejora de la salud y seguridad
de las personas trabajadoras.
Este decreto responde a los requerimientos de igualdad de género regulados con carácter
fundamental por la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, de igualdad efectiva de mujeres y
hombres y la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la
violencia de género de Extremadura.
De acuerdo con lo contemplado en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para la tramitación del
procedimiento establecido en el presente decreto en sus diferentes fases las personas físicas
y jurídicas solicitantes deberán relacionarse de manera electrónica con la Administración. La
solicitud se presentará a través de la sede electrónica, las personas solicitantes y/o sus representantes se identificarán mediante certificado digital y las comunicaciones entre las entidades que soliciten las ayudas y el órgano gestor se realizarán a través de medios electrónicos.
Jueves 19 de junio de 2025
35264
Se han clasificado las actuaciones en ocho áreas entre las que se encuentra el amianto. Según
se indica “Es necesario continuar y reforzar el control frente a la exposición de las personas
trabajadoras al asbesto, para evitar una proliferación de tumores pulmonares en la población
laboral. Algunas de las medidas a tomar serán la modernización y digitalización del trámite
administrativo que lo agilice. Dado que todo el proceso, tanto documental como de actividad
es altamente costoso, hacen que empresas y/o particulares sean poco receptivos a eliminar
en condiciones de seguridad los materiales que contienen fibras de amianto, y es por ello
que desde el IX Plan de Actuación se han diseñado medidas y acciones específicas para favorecer retiradas seguras de amianto que abarcan desde la dotación de ayudas económicas
a las empresas como la colaboración en la elaboración del censo de amianto en las distintas
poblaciones”.
Asimismo, se incluye dentro del “EJE I. Actuación preventiva” el objetivo de reducción de la
siniestralidad laboral, que desglosa por sectores las finalidades preventivas. Cabe destacar
dentro de los aspectos preventivos de interés en el sector de la construcción que el IX Plan de
Actuación de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la Prevención de Riesgos Laborales (2024-2027) “[…] desarrollará una normativa de carácter regional que aborde la necesidad de implantar sistemas de retención ante el riesgo de caída de altura, ya que es la principal
causa de accidentes laborales de carácter grave, muy grave o fallecimiento en este sector”.
Por todo ello se hace necesario dictar estas bases reguladoras, en aras a desarrollar acciones
dirigidas a la disminución de la siniestralidad laboral en Extremadura, minimizando las caídas
de altura en los trabajos de mantenimiento en las cubiertas de los centros de trabajo así como
limitando el riesgo exposición a material con amianto de las personas trabajadoras, fomentado la retirada de las cubiertas de estos centros de trabajo, contribuyendo con estas ayudas
públicas a conseguir unos objetivos que redundarán en una mejora de la salud y seguridad
de las personas trabajadoras.
Este decreto responde a los requerimientos de igualdad de género regulados con carácter
fundamental por la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, de igualdad efectiva de mujeres y
hombres y la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la
violencia de género de Extremadura.
De acuerdo con lo contemplado en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para la tramitación del
procedimiento establecido en el presente decreto en sus diferentes fases las personas físicas
y jurídicas solicitantes deberán relacionarse de manera electrónica con la Administración. La
solicitud se presentará a través de la sede electrónica, las personas solicitantes y/o sus representantes se identificarán mediante certificado digital y las comunicaciones entre las entidades que soliciten las ayudas y el órgano gestor se realizarán a través de medios electrónicos.