Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Seguridad Y Salud En El Trabajo. Subvenciones. (2025040086)
Decreto 49/2025, de 3 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la retirada de cubiertas ligeras que contengan materiales con amianto y la instalación de medidas de protección de caídas de altura en los centros de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 117
Jueves 19 de junio de 2025

35301

Contra dicha resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados/as podrán
interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería competente en materia de Trabajo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a aquél en que fue publicada
o a partir del momento en que se produzcan los efectos del silencio administrativo si el
acto fuera presunto.
Noveno. Comisión de Valoración.
1. P
 ara la evaluación de las solicitudes se constituye la Comisión de Valoración, que estará
integrada por los siguientes miembros, nombrados por la persona titular de la Dirección
General competente en materia de trabajo:
a) La persona titular de la jefatura de servicio competente en materia de prevención
de riesgos laborales del órgano competente en materia de trabajo, que actuará como
presidente/a, o persona en quien delegue.
b) Un/a técnico/a en prevención de la Dirección General competente en materia de trabajo, que actuará en condición de vocal, o persona en quien delegue.
c) Un/a técnico/a medio o titulado/a superior de la Dirección General competente en materia de trabajo, que actuará en condición de vocal, o persona en quien delegue.
d) Un/a funcionario/a de la Dirección General competente en materia de trabajo de la
especialidad jurídica, que actuará como secretario/a de la Comisión, con voz, pero sin
voto, o persona en quien delegue.
Esta Comisión podrá contar durante el proceso de selección con la asistencia de asesores
técnicos o expertos, externos e independientes, con conocimientos y experiencia profesional acreditada. Cualquier participante en dicha Comisión deberá abstenerse en los casos
en los que concurra alguno de los motivos de abstención del artículo 23 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
2. L
 a Comisión de Valoración ajustará su funcionamiento a lo establecido en el artículo 14 del
presente Decreto. La concreción de sus miembros se publicará en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es), una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.
Décimo. Criterios objetivos para el otorgamiento de la subvención.
1. L
 as solicitudes que reúnan todos los requisitos serán sometidas a una fase de evaluación
por la Comisión de Valoración, determinando el orden de prelación entre ellas.
2. P
 ara la línea de ayuda 1 los criterios de valoración son los siguientes: