Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Seguridad Y Salud En El Trabajo. Subvenciones. (2025040086)
Decreto 49/2025, de 3 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la retirada de cubiertas ligeras que contengan materiales con amianto y la instalación de medidas de protección de caídas de altura en los centros de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 117
Jueves 19 de junio de 2025

35260

La Directiva ha sido modificada de forma sustancial en varias ocasiones hasta su última versión codificada, la Directiva 2009/148/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con
la exposición al amianto durante el trabajo. Destacar que tras la aprobación de la Directiva
2003/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de marzo de 2003, que modificaba
la Directiva 83/477/CEE, se adaptó y actualizó la legislación española en esta materia.
Es por ello que se aprueba en España el Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que
se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con
riesgo de exposición al amianto que agrupa la legislación relacionada y deroga la legislación
previa existente en España. El Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, agrupa la legislación
relacionada con las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con
riesgo de exposición al amianto.
Actualmente, en Extremadura sigue existiendo un elevado número de cubiertas fabricadas
con amianto, de manera que este sigue representando una amenaza para la salud de las personas trabajadoras que están expuestas y en contacto con este tipo de material.
La existencia de cubiertas que contienen amianto en los centros de trabajo incrementa el riesgo para la salud de las personas trabajadoras debido a la posibilidad de que estas cubiertas
liberen pequeñas fibras de amianto al aire. Cuando se inhalan fibras de amianto, estas pueden quedar en los pulmones y permanecer allí por largo tiempo. Con el tiempo, estas fibras
acumuladas pueden provocar inflamación y cicatrización de tejido, lo cual puede afectar la
respiración y causar problemas graves de salud.
En los centros de trabajo, las personas trabajadoras que enferman (asbestosis, mesotelioma
y cáncer de pulmón) son las que han tenido una exposición frecuente al amianto, a menudo
por contacto directo con el material o por exposición considerable en el medio ambiente en
su puesto de trabajo.
Para prevenir las enfermedades profesionales y la siniestralidad laboral que supone la exposición a productos con amianto, se debe dar cumplimiento de la normativa en vigor procediendo
a su retirada del centro de trabajo, eliminando la fuente de riesgo.
Los trabajos de retirada de productos con amianto únicamente pueden ser ejecutados por
empresas inscritas en el RERA (Registro de Empresas con Riesgo de Amianto) conforme a un
Plan de Trabajo de retirada de amianto, que debe ser redactado por personal técnico superior
de prevención y debe contar con los informes preceptivos de la Inspección de Trabajo y de los
Centros Extremeños de Seguridad y Salud Laboral para ser aprobado por la autoridad laboral,
verificando la administración que la empresa dispone de personas trabajadoras formadas y