Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Seguridad Y Salud En El Trabajo. Subvenciones. (2025062436)
Resolución de 6 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se convocan las subvenciones destinadas al fomento de la seguridad y salud en el trabajo en las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025.
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NÚMERO 116
Miércoles 18 de junio de 2025

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2º. Para personas jurídicas, obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos
en virtud del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, su identidad queda acreditada ya que dispone de un sistema de identificación electrónica que acredita su
representación en la presentación de la solicitud.
3º. Para comunidades de bienes y otras entidades sin personalidad jurídica contempladas en el resuelvo segundo, copia digitalizada del NIF, pasaporte o tarjeta de
residencia de cada uno de los comuneros o integrantes de la entidad, o de su representante legal, en su caso.


No obstante, salvo que el/la interesado/a se haya opuesto expresamente, el órgano
instructor del procedimiento de concesión de estas ayudas recabará de oficio sus
datos de identidad personal de acuerdo con los datos de identificación que obren en
sus archivos, bases de datos u otros fondos documentales o mediante los servicios
ofrecidos por el Ministerio de Administraciones Públicas como prestador del Sistema
de Verificación de Datos de Identidad (SVDI), así como los datos de identidad de
la persona jurídica a través del Sistema de Desarrollo Estructurado de la Hacienda
Extremeña y sus Servicios Administrativos (DEHESA), debiendo constar dicho consentimiento en la solicitud. En el supuesto de que la persona interesada o en su caso,
su representante legal, no prestara su consentimiento, ésta o éste quedará obligada
a aportar la referida documentación.
4º. Asimismo, en el caso de comunidades de bienes u otras entidades sin personalidad
jurídica, se debe presentar declaración firmada por todos los integrantes de la entidad donde se indiquen los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro
de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos,
que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios. En cualquier caso, deberá
nombrarse una persona representante o apoderado/a único/a de la agrupación, con
poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación.

b) Declaración responsable de las subvenciones u otras ayudas públicas de cualquier régimen de minimis recibidas en los tres últimos ejercicios. Para ello deberán formalizar el
anexo II que acompaña a la presente convocatoria.
c) Memoria, cumplimentando el modelo recogido en el anexo III, donde se recojan los
siguientes aspectos:


1º. Descripción de los equipos de trabajo, medios o instalaciones cuya adquisición fundamenta la solicitud de la subvención y, en su caso, de los equipos o materiales que