Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Juventud. Ayudas. (2025040084)
Decreto 47/2025, de 27 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al fomento de la participación juvenil y primera convocatoria para el ejercicio 2025.
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NÚMERO 116
Miércoles 18 de junio de 2025

34843

La utilización de estos centros queda sujeta a la disponibilidad y previa autorización del
Instituto de la Juventud de Extremadura, quedando obligada la entidad beneficiaria a
solicitar, en la forma prevista por el Instituto de la Juventud de Extremadura, su uso con
la antelación suficiente al desarrollo de las actividades del proyecto.
No incurrirá en incumplimiento del criterio de valoración la entidad que hubiese solicitado, de manera diligente, el uso de los centros de conformidad con lo detallado en el
proyecto, pero no hubiese podido utilizarlos por causas ajenas a ella.
Si habiendo solicitado el uso de los centros, el Instituto de la Juventud de Extremadura
lo hubiese autorizado y finalmente la entidad no llevase a cabo las actividades en los
mismos por causas a ella imputables, se derivarán los efectos previstos para el incumplimiento del proyecto en estas bases reguladoras y en la Ley 6/2011, de 23 de marzo.


2.1.3. Recursos financieros destinados a la financiación del proyecto: máximo 3 puntos.

2.1.3.1. Aportaciones financieras realizadas por entidades distintas del Instituto de
la Juventud de Extremadura y que se vayan a destinar a la financiación del proyecto:
Aportaciones financieras realizadas por entidades públicas o privadas para la realización del proyecto, con un mínimo del 10% de su importe: 1 punto.
2.1.3.2. Aportaciones financieras realizadas por la propia entidad solicitante, excluidas las concedidas por otras entidades públicas o privadas, para la realización del
proyecto:


Del 10 al 20 % del importe del proyecto: 1 punto.



Más del 20 % del importe del proyecto: 2 puntos.

2.2 Capacidad técnica de la entidad solicitante: máximo 9 puntos.


2.2.1. Proyectos subvencionados en convocatorias anteriores. Máximo 3 puntos.

Se valorará el número total de proyectos de la entidad solicitante subvencionados por
el Instituto de la Juventud de Extremadura.


Ningún proyecto subvencionado en los últimos cuatro años: 3 puntos.



1 proyecto subvencionado en los últimos cuatro años: 2 puntos.



2 proyectos subvencionados en los últimos cuatro años: 1 punto.