Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Juventud. Ayudas. (2025040084)
Decreto 47/2025, de 27 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al fomento de la participación juvenil y primera convocatoria para el ejercicio 2025.
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NÚMERO 116
Miércoles 18 de junio de 2025

34842

recoge cada apartado. El número máximo de puntos que podrá obtener un proyecto será
de 40 puntos. No podrá obtener subvención ningún proyecto que no alcance al menos una
puntuación de 24 puntos.
2. L
 a valoración de proyectos se realizará de acuerdo con los siguientes criterios:
2.1. Ámbito geográfico y viabilidad del proyecto. Máximo 12 puntos.


2.1.1. Ámbito geográfico de desarrollo del proyecto. Máximo 6 puntos.



Se otorgará 1 punto por cada unidad poblacional en la que se desarrolle el proyecto.

Cuando el proyecto se desarrolle a través de medios telemáticos, se considerará que se
realiza en una unidad poblacional y provincia, se otorgará 1 punto.
En el caso de una actividad por vía telemática, no será vinculante la procedencia de
los participantes en cuanto a la unidad poblacional y provincia para entender el ámbito
geográfico extendido a dichas unidades poblacionales.
A los efectos de los criterios de valoración de este apartado, se considerarán como unidad poblacional cualquier municipio, entidad local menor, pedanía, poblado o cualquier
otro núcleo de población que esté legalmente reconocido y dependa de un municipio de
Extremadura.
2.1.2. Utilización de instalaciones adscritas al Instituto de la Juventud de Extremadura.
Máximo 3 puntos.
Utilización para el desarrollo de actividades del proyecto de instalaciones adscritas al
Instituto de la Juventud de Extremadura: Espacios para la Creación Joven y Factorías
Jóvenes. Máximo 3 puntos.


Sin utilización de instalaciones: 0 puntos.



Con utilización de una de las instalaciones: 1 punto.



Con utilización de dos instalaciones: 2 puntos.



Con utilización de tres o más instalaciones: 3 puntos.

En el proyecto se detallará el uso de los centros adscritos al Instituto de la Juventud
de Extremadura que se pretenden utilizar y en las fechas aproximadas previstas de
utilización.