Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Juventud. Ayudas. (2025040084)
Decreto 47/2025, de 27 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al fomento de la participación juvenil y primera convocatoria para el ejercicio 2025.
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NÚMERO 116
Miércoles 18 de junio de 2025

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En todo caso, para el pago de las subvenciones concedidas la entidad beneficiaria deberá
encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la
Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes y no tener cualquier deuda con
la Hacienda de la Comunidad Autónoma.
El abono de la ayuda se realizará en la cuenta bancaria que se indique en el modelo normalizado de solicitud. Dicha cuenta bancaria deberá estar activa en el Sistema de Terceros
de la Junta de Extremadura. En el caso de no estar activa o quiera activar una nueva alta,
deberá proceder a su alta a través del trámite “Alta de Terceros” en el punto de acceso
general electrónico (www.juntaex.es ) dentro de la ficha correspondiente al trámite desde
donde se habilitará el acceso a la sede electrónica asociada para presentar la solicitud:
https://www.juntaex.es/w/5145?inheritRedirect=true
No podrá realizarse el pago de la subvención en tanto la entidad beneficiaria sea deudora
por resolución de procedencia de un reintegro de subvención.
2. P
 ara la Línea III, una vez recibida y comprobada la documentación que justifique los gastos contraídos, se podrá proceder al pago de la ayuda concedida. En caso de que el gasto
justificado sea inferior a la cantidad concedida, la cuantía de la ayuda será minorada en el
mismo porcentaje.
Para proceder al pago de las subvenciones, la persona que ejerza la representación del
grupo beneficiario deberá estar dada de alta en el Sistema de Terceros de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
En todo caso, para el pago de las subvenciones concedidas al grupo beneficiario, la totalidad
de sus miembros deberán estar al corriente en las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y no tener deudas con la Hacienda Autonómica.
No podrá realizarse el pago de la subvención en tanto que alguien de quienes conformen el
grupo beneficiario sea deudor/a por una resolución de un reintegro de subvención.
Artículo 20. Ejecución y modificación de los proyectos presentados.
1. El periodo subvencionable de ejecución de los proyectos será desde el 1 de enero hasta
el 31 de octubre del ejercicio que se determine en la resolución de convocatoria correspondiente. Todas las actuaciones proyectadas, así como los gastos deben ser efectuados
y pagados dentro del periodo subvencionable designado en la resolución de convocatoria.
2. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención,
conforme a los criterios establecidos, dará lugar a la modificación de la resolución de con-