Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025062369)
Resolución de 5 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y FEVAL-Gestión de Servicios, SLU, por el que se formaliza una transferencia específica destinada a financiar la realización del proyecto "4032 FEVAL Gestión de Servicios, SLU, desarrollo de Proyectos TIC-CDTIC" en el ejercicio 2025.
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NÚMERO 113
33984
Viernes 13 de junio de 2025
4. Que el apartado 4 de la citada disposición adicional centésima décima segunda establece que:
— “A través de la herramienta informática se analizarán las posibles relaciones familiares
o vinculaciones societarias, directas o indirectas, en las que se pueda dar un interés
personal o económico susceptible de provocar un conflicto de interés, entre las personas
a las que se refiere el apartado anterior y los participantes en cada procedimiento”.
— “Para la identificación de las relaciones o vinculaciones la herramienta contendrá, entre
otros, los datos de titularidad real de las personas jurídicas a las que se refiere el artículo 22.2.d).iii) del Reglamento (UE) 241/2021, de 12 febrero, obrantes en las bases de
datos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y los obtenidos a través de los
convenios suscritos con los Colegios de Notarios y Registradores”.
Segundo.
Que, en el momento de la firma de esta declaración y a la luz de la información obrante en su
poder, no se encuentra/n incurso/s en ninguna situación que pueda calificarse de conflicto de
interés, en los términos previstos en el apartado cuatro de la disposición adicional centésima
décima segunda, que pueda afectar al procedimiento de licitación/concesión de subvenciones.
Tercero.
Que se compromete/n a poner en conocimiento del órgano de contratación/comisión de evaluación, sin dilación, cualquier situación de conflicto de interés que pudiera conocer y producirse en cualquier momento del procedimiento en curso.
Cuarto.
Que conoce que una declaración de ausencia de conflicto de interés que se demuestre que sea
falsa, acarreará las consecuencias disciplinarias/administrativas/ judiciales que establezca la
normativa de aplicación.
Firmado:
D:
Nombre y apellidos y firma
En
,a
de
de
.
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Viernes 13 de junio de 2025
4. Que el apartado 4 de la citada disposición adicional centésima décima segunda establece que:
— “A través de la herramienta informática se analizarán las posibles relaciones familiares
o vinculaciones societarias, directas o indirectas, en las que se pueda dar un interés
personal o económico susceptible de provocar un conflicto de interés, entre las personas
a las que se refiere el apartado anterior y los participantes en cada procedimiento”.
— “Para la identificación de las relaciones o vinculaciones la herramienta contendrá, entre
otros, los datos de titularidad real de las personas jurídicas a las que se refiere el artículo 22.2.d).iii) del Reglamento (UE) 241/2021, de 12 febrero, obrantes en las bases de
datos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y los obtenidos a través de los
convenios suscritos con los Colegios de Notarios y Registradores”.
Segundo.
Que, en el momento de la firma de esta declaración y a la luz de la información obrante en su
poder, no se encuentra/n incurso/s en ninguna situación que pueda calificarse de conflicto de
interés, en los términos previstos en el apartado cuatro de la disposición adicional centésima
décima segunda, que pueda afectar al procedimiento de licitación/concesión de subvenciones.
Tercero.
Que se compromete/n a poner en conocimiento del órgano de contratación/comisión de evaluación, sin dilación, cualquier situación de conflicto de interés que pudiera conocer y producirse en cualquier momento del procedimiento en curso.
Cuarto.
Que conoce que una declaración de ausencia de conflicto de interés que se demuestre que sea
falsa, acarreará las consecuencias disciplinarias/administrativas/ judiciales que establezca la
normativa de aplicación.
Firmado:
D:
Nombre y apellidos y firma
En
,a
de
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