Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025062369)
Resolución de 5 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y FEVAL-Gestión de Servicios, SLU, por el que se formaliza una transferencia específica destinada a financiar la realización del proyecto "4032 FEVAL Gestión de Servicios, SLU, desarrollo de Proyectos TIC-CDTIC" en el ejercicio 2025.
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NÚMERO 113

33974

Viernes 13 de junio de 2025

CERTIFICADO DE JUSTIFICACIÓN DE INVERSIONES
D. ........................ con DNI………….. y actuando en calidad de Administrador Único de FEVALGestión de Servicios, SLU, con C.I.F n.º B06574271, certifica:
— Que los gastos indicados en el Anexo I de memoria de las actividades se corresponden
con las actividades recogidas en el Convenio de la aportación económica a favor de la
sociedad mercantil FEVAL-Gestión de Servicios, SLU, para financiar la realización del
proyecto “4032 FEVAL GESTIÓN DE SERVICIOS, SLU, DESARROLLO DE PROYECTOS
TIC-CDTIC” cofinanciado en un 85% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
— Que la relación de los importes que se detallan en el documento Anexo II presupuesto
de las actividades, firmado por el Liquidador Único de la sociedad mercantil FEVALGestión de Servicios, SLU, se encuentran efectivamente pagados y que los documentos
necesarios para llevar a cabo de forma adecuada las distintas actuaciones, a que se
refieren dichos importes, se encuentran en poder de FEVAL-Gestión de Servicios, SLU, a
disposición de la Consejería, así como de los órganos de fiscalización y control financiero
y de los órganos de control de la Unión Europea.
— Que se han llevado a cabo las actuaciones de acuerdo con las normas nacionales y
comunitarias establecidas al efecto, y muy especialmente, las referidas a información
y publicidad establecidos en esta materia por el Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social
Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo
Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración Integración, el Fondo de Seguridad Interior y
el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
Todas las actuaciones, actividades, eventos, congresos, certámenes, etc., que sean financiados con fondos estructurales deberán cumplir con los requisitos de identificación,
información y publicidad. Asimismo, deberán cumplirse los requisitos establecidos en
el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones
financiadas por la Junta de Extremadura.
— Que, en los gastos indicados en el Anexo I acogidos a la transferencia específica que se
formaliza por el Convenio de colaboración existe un sistema de contabilidad separada,
mediante un código contable adecuado en relación con todas las transacciones relacionadas con el proyecto. En cumpli­miento del artículo 74. 1. a) i) del Reglamento (UE)
2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021.
Y para que así conste, firmo el presente certificado;
En

a

de

FEVAL-Gestión de Servicios, SLU
Fdo.

de 2025