Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Programas De Formación Profesional Básica. Ayudas. (2025062225)
Resolución de 27 de mayo de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para el desarrollo de programas formativos específicos de Formación Profesional de Grado Básico en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025/2026 en la modalidad dirigida a personas con especiales dificultades formativas o de inserción laboral, y para los cursos 2025/2026 y 2026/2027 en la modalidad dirigida a personas con necesidades educativas o formativas especiales.
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NÚMERO 110
Martes 10 de junio de 2025
33309
Asimismo, la Administración autonómica queda sometida a las obligaciones que en materia
de publicidad de subvenciones exige el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de
Gobierno Abierto de Extremadura.
2. L
as solicitudes se valorarán y seleccionarán atendiendo a los criterios de valoración previstos en esta resolución.
Quinto. Financiación y cuantía de las ayudas.
1. L
as ayudas destinadas al desarrollo de los Programas Formativos Específicos de Formación
Profesional de Grado Básico estarán financiadas con fondos de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
2. L
a cuantía de las ayudas será de 30.000 euros en el caso de Programas Formativos Específicos de Formación Profesional de Grado Básico en Modalidad dirigida a personas con
especiales dificultades formativas o de inserción laboral y de 59.990 euros para Programas
Formativos Específicos de Formación Profesional de Grado Básico en Modalidad dirigida a
personas con necesidades educativas o formativas especiales.
3. D
e conformidad con el artículo 23.2 h) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, la cuantía total
máxima de las subvenciones convocadas podrá aumentarse hasta un 20% de la cuantía
inicial, o hasta la cuantía que corresponda cuando tal incremento sea consecuencia de una
generación, incorporación de crédito, o se trate de créditos declarados ampliables, siempre
antes de resolver la concesión de las mismas sin necesidad de abrir nueva convocatoria.
4. P
ara la consecución de los fines propuestos en la convocatoria se destinará la cantidad total
de 660.000 euros financiados con fondos de la Comunidad Autónoma de Extremadura con
las siguientes características:
Anualidad 2025:
a) Para desarrollar la Modalidad dirigida a personas con especiales dificultades formativas o
de inserción laboral por parte de Mancomunidades de municipios, se destina un importe
de 105.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 130030000/G/222B/46000/
CAG0000001/20150216.
b) Para desarrollar la Modalidad dirigida a personas con especiales dificultades formativas
o de inserción laboral por parte de las entidades enumeradas en el resuelvo 2.1.b) de
la presente resolución, se destina un importe total de 75.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 130030000/G/222B/48000/CAG0000001/20150216.
Martes 10 de junio de 2025
33309
Asimismo, la Administración autonómica queda sometida a las obligaciones que en materia
de publicidad de subvenciones exige el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de
Gobierno Abierto de Extremadura.
2. L
as solicitudes se valorarán y seleccionarán atendiendo a los criterios de valoración previstos en esta resolución.
Quinto. Financiación y cuantía de las ayudas.
1. L
as ayudas destinadas al desarrollo de los Programas Formativos Específicos de Formación
Profesional de Grado Básico estarán financiadas con fondos de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
2. L
a cuantía de las ayudas será de 30.000 euros en el caso de Programas Formativos Específicos de Formación Profesional de Grado Básico en Modalidad dirigida a personas con
especiales dificultades formativas o de inserción laboral y de 59.990 euros para Programas
Formativos Específicos de Formación Profesional de Grado Básico en Modalidad dirigida a
personas con necesidades educativas o formativas especiales.
3. D
e conformidad con el artículo 23.2 h) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, la cuantía total
máxima de las subvenciones convocadas podrá aumentarse hasta un 20% de la cuantía
inicial, o hasta la cuantía que corresponda cuando tal incremento sea consecuencia de una
generación, incorporación de crédito, o se trate de créditos declarados ampliables, siempre
antes de resolver la concesión de las mismas sin necesidad de abrir nueva convocatoria.
4. P
ara la consecución de los fines propuestos en la convocatoria se destinará la cantidad total
de 660.000 euros financiados con fondos de la Comunidad Autónoma de Extremadura con
las siguientes características:
Anualidad 2025:
a) Para desarrollar la Modalidad dirigida a personas con especiales dificultades formativas o
de inserción laboral por parte de Mancomunidades de municipios, se destina un importe
de 105.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 130030000/G/222B/46000/
CAG0000001/20150216.
b) Para desarrollar la Modalidad dirigida a personas con especiales dificultades formativas
o de inserción laboral por parte de las entidades enumeradas en el resuelvo 2.1.b) de
la presente resolución, se destina un importe total de 75.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 130030000/G/222B/48000/CAG0000001/20150216.