Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Premios. (2025050067)
Orden de 20 de mayo de 2025 por la que se convocan los premios extraordinarios de Educación Primaria correspondientes al curso 2024/2025.
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NÚMERO 108
32423
Viernes 6 de junio de 2025
3. El alumnado premiado recibirá un diploma acreditativo de esta distinción que quedará anotada en su expediente y en su historial académicos, mediante la correspondiente diligencia,
disponible en la plataforma educativa Rayuela.
Igualmente, recibirá diploma el alumnado que haya obtenido, en los términos establecidos
en el artículo anterior, mención honorífica, siendo anotada esta distinción en su expediente
y en su historial académicos.
4. El premio se abonará en un solo pago mediante transferencia bancaria. Para poder efectuar
el abono, el alumnado propuesto para premio remitirá, a requerimiento de la Secretaría
General de Educación y Formación Profesional, documento de “Alta de terceros”. El órgano
gestor comprobará, con carácter previo al pago, que las personas beneficiarias se encuentran al corriente de las obligaciones con la Hacienda autonómica. En el caso de no autorizar
de forma expresa a esta comprobación deberá aportar el certificado correspondiente.
Disposición final primera. Autorización.
Se faculta a la Secretaría General de Educación y Formación Profesional para dictar cuantos
actos sean necesarios para la ejecución de la presente orden
Disposición final segunda. Eficacia y recursos.
1.º La presente orden producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura.
2.º C
ontra la presente orden, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Ciencia y Formación
Profesional en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en
el Diario Oficial de Extremadura. Podrá también interponerse directamente, en el plazo
de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial
de Extremadura, el correspondiente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal
Superior de Justicia de Extremadura. Todo ello sin perjuicio, de que el interesado pueda
ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, 20 de mayo de 2025.
La Consejera de Educación, Ciencia y
Formación Profesional,
MARÍA MERCEDES VAQUERA
MOSQUERO
32423
Viernes 6 de junio de 2025
3. El alumnado premiado recibirá un diploma acreditativo de esta distinción que quedará anotada en su expediente y en su historial académicos, mediante la correspondiente diligencia,
disponible en la plataforma educativa Rayuela.
Igualmente, recibirá diploma el alumnado que haya obtenido, en los términos establecidos
en el artículo anterior, mención honorífica, siendo anotada esta distinción en su expediente
y en su historial académicos.
4. El premio se abonará en un solo pago mediante transferencia bancaria. Para poder efectuar
el abono, el alumnado propuesto para premio remitirá, a requerimiento de la Secretaría
General de Educación y Formación Profesional, documento de “Alta de terceros”. El órgano
gestor comprobará, con carácter previo al pago, que las personas beneficiarias se encuentran al corriente de las obligaciones con la Hacienda autonómica. En el caso de no autorizar
de forma expresa a esta comprobación deberá aportar el certificado correspondiente.
Disposición final primera. Autorización.
Se faculta a la Secretaría General de Educación y Formación Profesional para dictar cuantos
actos sean necesarios para la ejecución de la presente orden
Disposición final segunda. Eficacia y recursos.
1.º La presente orden producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura.
2.º C
ontra la presente orden, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Ciencia y Formación
Profesional en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en
el Diario Oficial de Extremadura. Podrá también interponerse directamente, en el plazo
de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial
de Extremadura, el correspondiente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal
Superior de Justicia de Extremadura. Todo ello sin perjuicio, de que el interesado pueda
ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, 20 de mayo de 2025.
La Consejera de Educación, Ciencia y
Formación Profesional,
MARÍA MERCEDES VAQUERA
MOSQUERO