Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025062257)
Resolución de 28 de mayo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual del Plan General Municipal de Herrera del Duque. Expte.: IA23/1422.
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NÚMERO 107
Jueves 5 de junio de 2025
32060
desarrollar presente valoración del riesgo especifico, según la legislación vigente, de la
actividad que vaya a llevarse a cabo.
— El Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de la Dirección General de
Prevención y Extinción de Incendios emite informe sobre la normativa aplicable e indicando que el ámbito territorial del Plan no está incluido en la base de datos geográfica
del Registro de Áreas Incendiadas (RAI).
En relación a las infraestructuras de emergencia para la prevención y extinción de incendios forestales cabe destacar que en este término municipal se encuentra una cochera
de vehículo de extinción contra incendios forestales del Plan INFOEX. Se aportan una
serie de puntualizaciones:
• El acceso a la cochera debe estar garantizado para vehículos pesados de lucha contra
incendios forestales, tanto por anchura como por altura de gálibo, favoreciendo en
la medida de lo posible una anchura suficiente para el cruce con otros vehículos, al
menos hasta el acceso a las vías principales.
• Se deberá contar con la señalización de tráfico necesaria para garantizar el acceso y
salida de la infraestructura por parte de los vehículos contra incendios forestales.
• En la ejecución de obras o interrupciones de tráfico, se deberá planificar de tal forma
que siempre quede garantizada la entrada y salida de la infraestructura por parte de
los vehículos contra incendio, al menos hasta las vías principales.
Asimismo, indica que la entidad local cuenta con Plan Periurbano de Prevención de Incendios Forestales (PPPI). El Plan sometido afecta al PPPI vigente, en concreto modifica
la delimitación del núcleo urbano, afectando a actuaciones preventivas planificadas en
el mismo.
Una vez estudiado el plan o programa sometido a EAE, se comprueba que éste implica
el desarrollo de proyectos cuya ejecución material puede implicar la realización de actividades de riesgo sometidas a intervención administrativa, en la Orden que regule la
Época de Peligro vigente en el momento que éstas se lleven a cabo. Por lo tanto, en el
momento de la ejecución, deberán observarse las prescripciones de dicha orden, en lo
relativo a usos o actividades prohibidas, sometidas a autorización, declaración responsable o precauciones específicas.
Vista la documentación obrante en esta unidad administrativa, resulta que el plan
sometido afecta al Plan Periurbano de Prevención de Incendios vigente, por lo que se
propone la inclusión del siguiente condicionado en el texto del acto administrativo que
Jueves 5 de junio de 2025
32060
desarrollar presente valoración del riesgo especifico, según la legislación vigente, de la
actividad que vaya a llevarse a cabo.
— El Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de la Dirección General de
Prevención y Extinción de Incendios emite informe sobre la normativa aplicable e indicando que el ámbito territorial del Plan no está incluido en la base de datos geográfica
del Registro de Áreas Incendiadas (RAI).
En relación a las infraestructuras de emergencia para la prevención y extinción de incendios forestales cabe destacar que en este término municipal se encuentra una cochera
de vehículo de extinción contra incendios forestales del Plan INFOEX. Se aportan una
serie de puntualizaciones:
• El acceso a la cochera debe estar garantizado para vehículos pesados de lucha contra
incendios forestales, tanto por anchura como por altura de gálibo, favoreciendo en
la medida de lo posible una anchura suficiente para el cruce con otros vehículos, al
menos hasta el acceso a las vías principales.
• Se deberá contar con la señalización de tráfico necesaria para garantizar el acceso y
salida de la infraestructura por parte de los vehículos contra incendios forestales.
• En la ejecución de obras o interrupciones de tráfico, se deberá planificar de tal forma
que siempre quede garantizada la entrada y salida de la infraestructura por parte de
los vehículos contra incendio, al menos hasta las vías principales.
Asimismo, indica que la entidad local cuenta con Plan Periurbano de Prevención de Incendios Forestales (PPPI). El Plan sometido afecta al PPPI vigente, en concreto modifica
la delimitación del núcleo urbano, afectando a actuaciones preventivas planificadas en
el mismo.
Una vez estudiado el plan o programa sometido a EAE, se comprueba que éste implica
el desarrollo de proyectos cuya ejecución material puede implicar la realización de actividades de riesgo sometidas a intervención administrativa, en la Orden que regule la
Época de Peligro vigente en el momento que éstas se lleven a cabo. Por lo tanto, en el
momento de la ejecución, deberán observarse las prescripciones de dicha orden, en lo
relativo a usos o actividades prohibidas, sometidas a autorización, declaración responsable o precauciones específicas.
Vista la documentación obrante en esta unidad administrativa, resulta que el plan
sometido afecta al Plan Periurbano de Prevención de Incendios vigente, por lo que se
propone la inclusión del siguiente condicionado en el texto del acto administrativo que