Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025062256)
Resolución de 27 de mayo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de mejora de riego con cambio de cultivo herbáceo a olivar superintensivo con riego por goteo en el polígono 2, parcelas 6 y 3004, del término municipal de Navalvillar de Pela, promovido por Antonio Álvarez Cienfuegos. Expte.: IA24/1136.
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NÚMERO 107
Jueves 5 de junio de 2025
32036
detracción estival de agua del río en los meses más críticos para el ecosistema fluvial
(entre junio y septiembre). Así, se respetará el caudal mínimo (que coincide con el
circulante en época estival) en el río para garantizar la evolución biológica natural
de las poblaciones piscícolas, superando sus fases más críticas. En el proyecto no se
contempla la captación de agua de cauces naturales.
— En caso de captaciones de agua procedentes de conducciones, como los canales de
riego, la ausencia de dispositivos eficaces para impedir la entrada de peces supone
un riesgo, por un lado, por las mortandades de piscícolas nativas que tengan lugar en
el agotamiento o mantenimiento de las conducciones y, por otro lado, por la dispersión de piscícolas de carácter invasor. En este sentido, es responsabilidad del titular
del aprovechamiento que la nueva infraestructura de riego cuente con los medios
necesarios para impedir la entrada y dispersión de peces en la captación de agua y
su distribución.
3. A
nálisis del expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la subsección 1.ª de la sección 2.ª del capítulo VII del título I,
según los criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3.1. Características del proyecto.
El proyecto consiste en la mejora de regadíos mediante el cambio de cultivo de herbáceos
a leñoso (olivar) en 12,063 ha. Se establecerá un sistema de riego por goteo mediante una
concesión de aguas superficiales, con una toma de agua que se hará a través del Canal de
Las Dehesas.
La superficie objeto del proyecto se encuentra en el paraje “La Silleta”, y se corresponde
con el polígono 2, parcelas 6 (recintos 13 y 14) y 3004 (recinto 1), del término municipal
de Navalvillar de Pela (Badajoz).
Las actuaciones están parcialmente dentro de la Red Natura 2000, de las 12,063 ha de
superficie, solamente se encuentran dentro 9,073 ha.
La superficie a regar mediante riego por goteo será de 12,063 ha, con una dotación de
2.613,30 m3/ha/año, donde las necesidades hídricas totales para la puesta en riego ascienden a 53.159,47 m3/año. El agua se extraerá a partir de unos hidrantes situados en
dicha superficie, que toman agua del canal de las Dehesas.
Jueves 5 de junio de 2025
32036
detracción estival de agua del río en los meses más críticos para el ecosistema fluvial
(entre junio y septiembre). Así, se respetará el caudal mínimo (que coincide con el
circulante en época estival) en el río para garantizar la evolución biológica natural
de las poblaciones piscícolas, superando sus fases más críticas. En el proyecto no se
contempla la captación de agua de cauces naturales.
— En caso de captaciones de agua procedentes de conducciones, como los canales de
riego, la ausencia de dispositivos eficaces para impedir la entrada de peces supone
un riesgo, por un lado, por las mortandades de piscícolas nativas que tengan lugar en
el agotamiento o mantenimiento de las conducciones y, por otro lado, por la dispersión de piscícolas de carácter invasor. En este sentido, es responsabilidad del titular
del aprovechamiento que la nueva infraestructura de riego cuente con los medios
necesarios para impedir la entrada y dispersión de peces en la captación de agua y
su distribución.
3. A
nálisis del expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la subsección 1.ª de la sección 2.ª del capítulo VII del título I,
según los criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3.1. Características del proyecto.
El proyecto consiste en la mejora de regadíos mediante el cambio de cultivo de herbáceos
a leñoso (olivar) en 12,063 ha. Se establecerá un sistema de riego por goteo mediante una
concesión de aguas superficiales, con una toma de agua que se hará a través del Canal de
Las Dehesas.
La superficie objeto del proyecto se encuentra en el paraje “La Silleta”, y se corresponde
con el polígono 2, parcelas 6 (recintos 13 y 14) y 3004 (recinto 1), del término municipal
de Navalvillar de Pela (Badajoz).
Las actuaciones están parcialmente dentro de la Red Natura 2000, de las 12,063 ha de
superficie, solamente se encuentran dentro 9,073 ha.
La superficie a regar mediante riego por goteo será de 12,063 ha, con una dotación de
2.613,30 m3/ha/año, donde las necesidades hídricas totales para la puesta en riego ascienden a 53.159,47 m3/año. El agua se extraerá a partir de unos hidrantes situados en
dicha superficie, que toman agua del canal de las Dehesas.