Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Pruebas De Acceso. (2025050083)
Orden de 28 de mayo de 2025 por la que se regulan las pruebas de acceso a enseñanzas universitarias oficiales de Grado en la Universidad de Extremadura para mayores de veinticinco años, para mayores de cuarenta y cinco años y para mayores de cuarenta años mediante acreditación de experiencia laboral o profesional.
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NÚMERO 107
Jueves 5 de junio de 2025

31877

La Comisión solicitará, a los centros de la Universidad de Extremadura en los que se imparta
el Grado solicitado, la emisión de un informe razonado sobre cada una de las solicitudes rea­
lizadas. Dicho informe será emitido por la Junta de Facultad o Escuela y se sustentará en los
criterios de acreditación y ámbito de la experiencia laboral y profesional en relación con cada
una de las enseñanzas recogidas en el plan de estudios verificado, de forma que permitan
ordenar las solicitudes. En dicho informe deberá figurar la valoración de la entrevista personal
con cada solicitante, que se llevará a cabo en el centro de la Universidad de Extremadura en
el que se imparta la enseñanza solicitada.
La valoración de la experiencia laboral y profesional tendrá validez permanente para solicitar
la admisión en la Universidad de Extremadura, para los estudios concretos en los que se haya
obtenido el acceso por esta vía.
Artículo 24. Publicidad.
Una vez que la Comisión resuelva las solicitudes de acceso a la Universidad de Extremadura
mediante acreditación de experiencia laboral o profesional, el resultado se hará público, me­
diante consulta individualizada, en la página web de la Universidad de Extremadura
https://alumnado.unex.es/mveinticinco/.
Tras la publicación de las calificaciones, las personas candidatas dispondrán de un plazo de
tres días hábiles para presentar reclamación, contados a partir del día siguiente a la publica­
ción, mediante escrito razonado dirigido al Rectorado de la Universidad de Extremadura. Esta
reclamación deberá ser resuelta en el plazo máximo de 15 días.
Disposición transitoria primera.
Las personas candidatas declaradas aptas en las pruebas de acceso para mayores de veinti­
cinco años realizadas con anterioridad al curso académico 2004/2005 podrán solicitar plazas
en el proceso de admisión que establezca la Universidad de Extremadura. En este caso la
calificación de apto obtenida en la correspondiente prueba específica se considerará como
puntuación correspondiente a cinco puntos.
Disposición transitoria segunda.
Quienes hayan aprobado con anterioridad al curso académico 2004/2005 podrán solicitar
plazas en el proceso de admisión que establezca la Universidad de Extremadura, en función
de la titulación o grupo de titulaciones por las que se examinó, de acuerdo con la tabla de
equivalencia prevista en el anexo I.