Servicio Extremeño Público De Empleo. Subvenciones. (2025062226)
Resolución de 27 de mayo de 2025, de la Secretaría General de Empleo, por la que se concede una subvención directa a la Asociación de Universidades Populares de Extremadura (AUPEX), para la realización de actividades de empleo relacionadas con las nuevas tecnologías de la información y la comunicación a través del programa "Espacios Digitalex", para la anualidad 2025.
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NÚMERO 106
31794
Miércoles 4 de junio de 2025
Decimocuarto. Publicidad.
La subvención concedida será objeto de publicidad en el Diario Oficial de Extremadura y en el
Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma en la forma establecida en los artículos
17.1 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura. Así mismo será objeto de publicidad en el Portal de Transparencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto
de Extremadura, así como en la Base de Datos Nacional de Subvenciones según lo previsto en
el artículo 20.8 de la Ley 38/2013, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Decimoquinto. Notificación.
Notifíquese la presente resolución a la entidad interesada, con indicación de que no agota la
vía administrativa y frente a la misma podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo.
Sr. Consejero de Economía, Empleo y Transformación Digital, en el plazo de un mes contado
a partir del día siguiente a aquél en que fuera notificada, de conformidad con lo previsto en
los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, así como el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de
febrero, de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sin perjuicio de cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, 27 de mayo de 2025.
La Secretaria General de Empleo,
(Decreto 234/2023 de 12 de septiembre
DOE extra n.º 3, de 16 de septiembre),
MARÍA JOSÉ NEVADO DEL CAMPO
31794
Miércoles 4 de junio de 2025
Decimocuarto. Publicidad.
La subvención concedida será objeto de publicidad en el Diario Oficial de Extremadura y en el
Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma en la forma establecida en los artículos
17.1 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura. Así mismo será objeto de publicidad en el Portal de Transparencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto
de Extremadura, así como en la Base de Datos Nacional de Subvenciones según lo previsto en
el artículo 20.8 de la Ley 38/2013, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Decimoquinto. Notificación.
Notifíquese la presente resolución a la entidad interesada, con indicación de que no agota la
vía administrativa y frente a la misma podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo.
Sr. Consejero de Economía, Empleo y Transformación Digital, en el plazo de un mes contado
a partir del día siguiente a aquél en que fuera notificada, de conformidad con lo previsto en
los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, así como el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de
febrero, de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sin perjuicio de cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, 27 de mayo de 2025.
La Secretaria General de Empleo,
(Decreto 234/2023 de 12 de septiembre
DOE extra n.º 3, de 16 de septiembre),
MARÍA JOSÉ NEVADO DEL CAMPO