Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Salud. Subvenciones. (2025062231)
Resolución de 19 de mayo de 2025, la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones destinadas a la financiación de proyectos de entidades de personas afectadas por una enfermedad crónica y/o de sus familiares, desarrollados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025.
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NÚMERO 105
Martes 3 de junio de 2025
31365
3. Una vez recibida la solicitud, si presentara defectos o resultara incompleta la documentación administrativa, se requerirá a la entidad interesada para que en el plazo de diez días
subsane la falta o acompañe la documentación que se determine, con indicación de que si
así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su pretensión, previa resolución expresa de
la Secretaria General de la Consejería de Salud y Servicios Sociales, de acuerdo con lo previsto en el artículo 68 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Sin perjuicio de lo anterior, no será objeto de subsanación el contenido del proyecto y la
documentación necesaria para poder valorar los criterios objetivos de otorgamiento de la
subvención referidos en el resuelvo décimo.
Octavo. Documentación a acompañar a la solicitud.
1. Las solicitudes, conforme al modelo normalizado incluido en el anexo I, irán acompañadas,
en su caso, de la siguiente documentación administrativa:
a) DNI de la persona representante legal de la entidad beneficiaria.
b) Documentación acreditativa de la condición de representante legal de la entidad beneficiaria, así como de la facultad para solicitar la subvención a fecha de presentación de
solicitud.
c) Estatutos actualizados.
d) Acta de la composición de la junta directiva.
e) C
ertificado de inscripción en el Registro General de Asociaciones de la Junta de Extremadura. En el caso de asociaciones o federaciones de ámbito de actuación nacional
con sede en Extremadura, deberá aportarse certificado de inscripción en el Registro de
Asociaciones del Ministerio del Interior.
f) Si el proyecto presentado cuenta con personal que vaya a desarrollar actividades en las
que participen menores de edad, deberá indicarlo en el mismo y aportar certificados del
Registro Central de delincuentes sexuales de cada uno de ellos actualizados a fecha de
presentación de solicitudes.
La documentación relativa a los apartados a) y e) deberá ser aportada en el caso de que la
entidad se oponga a su comprobación de oficio por el órgano gestor. Salvo para el apartado
f), el resto de los documentos, siempre que no hubiera sufrido modificación y que no hubieran transcurrido más de cinco años, podrán ser señalados en la solicitud en los términos
del punto 4 de este resuelvo.
Martes 3 de junio de 2025
31365
3. Una vez recibida la solicitud, si presentara defectos o resultara incompleta la documentación administrativa, se requerirá a la entidad interesada para que en el plazo de diez días
subsane la falta o acompañe la documentación que se determine, con indicación de que si
así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su pretensión, previa resolución expresa de
la Secretaria General de la Consejería de Salud y Servicios Sociales, de acuerdo con lo previsto en el artículo 68 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Sin perjuicio de lo anterior, no será objeto de subsanación el contenido del proyecto y la
documentación necesaria para poder valorar los criterios objetivos de otorgamiento de la
subvención referidos en el resuelvo décimo.
Octavo. Documentación a acompañar a la solicitud.
1. Las solicitudes, conforme al modelo normalizado incluido en el anexo I, irán acompañadas,
en su caso, de la siguiente documentación administrativa:
a) DNI de la persona representante legal de la entidad beneficiaria.
b) Documentación acreditativa de la condición de representante legal de la entidad beneficiaria, así como de la facultad para solicitar la subvención a fecha de presentación de
solicitud.
c) Estatutos actualizados.
d) Acta de la composición de la junta directiva.
e) C
ertificado de inscripción en el Registro General de Asociaciones de la Junta de Extremadura. En el caso de asociaciones o federaciones de ámbito de actuación nacional
con sede en Extremadura, deberá aportarse certificado de inscripción en el Registro de
Asociaciones del Ministerio del Interior.
f) Si el proyecto presentado cuenta con personal que vaya a desarrollar actividades en las
que participen menores de edad, deberá indicarlo en el mismo y aportar certificados del
Registro Central de delincuentes sexuales de cada uno de ellos actualizados a fecha de
presentación de solicitudes.
La documentación relativa a los apartados a) y e) deberá ser aportada en el caso de que la
entidad se oponga a su comprobación de oficio por el órgano gestor. Salvo para el apartado
f), el resto de los documentos, siempre que no hubiera sufrido modificación y que no hubieran transcurrido más de cinco años, podrán ser señalados en la solicitud en los términos
del punto 4 de este resuelvo.