Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Salud. Subvenciones. (2025062231)
Resolución de 19 de mayo de 2025, la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones destinadas a la financiación de proyectos de entidades de personas afectadas por una enfermedad crónica y/o de sus familiares, desarrollados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025.
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NÚMERO 105
Martes 3 de junio de 2025
31368
4. C
orresponde a la Comisión de Valoración:
— Recabar cuanta documentación e informes considere necesarios para la mejor valoración de las solicitudes.
— Emitir el informe de valoración.
5. A la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración, la Dirección General
de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias, formulará la propuesta
de resolución debidamente motivada. Dicha propuesta no podrá separarse del informe de
la Comisión de Valoración.
6. L
a concesión de subvenciones será resuelta y notificada por la Secretaria General de la
Consejería de Salud y Servicios Sociales, encontrándose, en la actualidad, delegada dicha competencia en la Directora General de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias
y Sociosanitarias en virtud de Resolución de 25 de septiembre de 2023, de la Secretaría
General, por la que se delega la competencia y la firma en diversas materias (DOE número
189, de 2 de octubre de 2023), en el plazo máximo de tres meses, a partir de la publicación
de esta convocatoria en el “Diario Oficial de Extremadura”, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 40 de la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización y
simplificación administrativa de Extremadura, en cuanto a la reducción de los plazos de
resolución de los procedimientos tramitados por la Administración Autonómica. La falta de
notificación de la resolución expresa en plazo, legitima a la entidad interesada para entenderla desestimada por silencio administrativo. Frente a la resolución expresa o presunta del
procedimiento, que no pone fin a la vía administrativa, la entidad podrá interponer recurso
de alzada ante la Consejera de Salud y Servicios Sociales en el plazo de un mes, contado
a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con el artículo 122 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sin perjuicio de ejercitar, en
su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
7. La resolución de concesión contendrá las entidades solicitantes a las que se concede esta
subvención, el proyecto subvencionado, las condiciones impuestas y las menciones de
identidad y publicidad; y hará constar, en su caso, la desestimación expresa de las restantes solicitudes. Además, podrá incluir una relación ordenada de todas las solicitudes
que, cumpliendo con las condiciones administrativas y técnicas establecidas en esta resolución para adquirir la condición de entidades beneficiarias, no hayan sido estimadas por
rebasarse la cuantía máxima del crédito fijado en esta convocatoria, con indicación de la
puntuación otorgada a cada una de ellas en función de los criterios objetivos de valoración.
Martes 3 de junio de 2025
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4. C
orresponde a la Comisión de Valoración:
— Recabar cuanta documentación e informes considere necesarios para la mejor valoración de las solicitudes.
— Emitir el informe de valoración.
5. A la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración, la Dirección General
de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias, formulará la propuesta
de resolución debidamente motivada. Dicha propuesta no podrá separarse del informe de
la Comisión de Valoración.
6. L
a concesión de subvenciones será resuelta y notificada por la Secretaria General de la
Consejería de Salud y Servicios Sociales, encontrándose, en la actualidad, delegada dicha competencia en la Directora General de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias
y Sociosanitarias en virtud de Resolución de 25 de septiembre de 2023, de la Secretaría
General, por la que se delega la competencia y la firma en diversas materias (DOE número
189, de 2 de octubre de 2023), en el plazo máximo de tres meses, a partir de la publicación
de esta convocatoria en el “Diario Oficial de Extremadura”, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 40 de la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización y
simplificación administrativa de Extremadura, en cuanto a la reducción de los plazos de
resolución de los procedimientos tramitados por la Administración Autonómica. La falta de
notificación de la resolución expresa en plazo, legitima a la entidad interesada para entenderla desestimada por silencio administrativo. Frente a la resolución expresa o presunta del
procedimiento, que no pone fin a la vía administrativa, la entidad podrá interponer recurso
de alzada ante la Consejera de Salud y Servicios Sociales en el plazo de un mes, contado
a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con el artículo 122 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sin perjuicio de ejercitar, en
su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
7. La resolución de concesión contendrá las entidades solicitantes a las que se concede esta
subvención, el proyecto subvencionado, las condiciones impuestas y las menciones de
identidad y publicidad; y hará constar, en su caso, la desestimación expresa de las restantes solicitudes. Además, podrá incluir una relación ordenada de todas las solicitudes
que, cumpliendo con las condiciones administrativas y técnicas establecidas en esta resolución para adquirir la condición de entidades beneficiarias, no hayan sido estimadas por
rebasarse la cuantía máxima del crédito fijado en esta convocatoria, con indicación de la
puntuación otorgada a cada una de ellas en función de los criterios objetivos de valoración.