Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Residencias Universitarias. (2025050072)
Orden de 21 de mayo 2025 por la que se regula la convocatoria de plazas de residentes en las residencias universitarias de la Junta de Extremadura para el curso académico 2025/2026.
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NÚMERO 104
Lunes 2 de junio de 2025
30923
en quien delegue, actuando como vocales un funcionario del Servicio de Universidad y Emprendimiento, otro del Servicio de Formación Profesional, las directoras de las residencias
universitarias y un funcionario adscrito al Servicio de Universidad y Emprendimiento, que
actuará además como secretario.
La Comisión de Selección se regirá en cuanto a su constitución y funcionamiento por lo dispuesto para los órganos colegiados en el del título preliminar, capítulo II, sección 3ª de la Ley
40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.
La citada Comisión de Selección resolverá, asimismo, sobre todas aquellas interpretaciones
que no estén expresamente reguladas en la presente orden y que trasciendan las competencias otorgadas a las directoras de las residencias universitarias de la Junta de Extremadura
en la Orden de 30 de noviembre de 2017 por la que se aprueba su Reglamento de régimen
interno.
Artículo 17. Resolución.
1. La Comisión de Selección resolverá sobre las peticiones presentadas, publicando la relación
de solicitantes, numerados por orden de mayor a menor puntuación total, en la página web
de las residencias universitarias de la Junta de Extremadura
(http://residencias.educarex.es ) y en sus tablones de anuncios, antes del día 1 de agosto
de 2025.
Una vez publicada la relación de solicitantes, ésta se irá actualizando por renuncias y desistimientos, y será la persona solicitante la que deba consultar el estado de su solicitud en
la página web de las residencias universitarias con su clave personal o en sus tablones de
anuncios, que se actualizará diariamente hasta finalizar el proceso de adjudicación.
2. Independientemente del lugar que ocupen en la citada relación, aquellos solicitantes que
no estuvieran matriculados por no tener plaza en la universidad en el periodo contemplado
para formalizar la plaza, en caso de obtenerla con posterioridad y mantener el interés por
acceder a una plaza, deberán ponerse en contacto con la Residencia Universitaria para
informar de esta situación.
Estos solicitantes en el momento de informar a la residencia universitaria y acreditar que se
encuentran matriculados en la universidad, entrarán a formar parte de la lista de reserva
en el orden que les corresponda según su puntuación.
3. Contra el acuerdo adoptado cabrá recurso de alzada ante el titular de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura en el plazo de un mes,
a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución.
Lunes 2 de junio de 2025
30923
en quien delegue, actuando como vocales un funcionario del Servicio de Universidad y Emprendimiento, otro del Servicio de Formación Profesional, las directoras de las residencias
universitarias y un funcionario adscrito al Servicio de Universidad y Emprendimiento, que
actuará además como secretario.
La Comisión de Selección se regirá en cuanto a su constitución y funcionamiento por lo dispuesto para los órganos colegiados en el del título preliminar, capítulo II, sección 3ª de la Ley
40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.
La citada Comisión de Selección resolverá, asimismo, sobre todas aquellas interpretaciones
que no estén expresamente reguladas en la presente orden y que trasciendan las competencias otorgadas a las directoras de las residencias universitarias de la Junta de Extremadura
en la Orden de 30 de noviembre de 2017 por la que se aprueba su Reglamento de régimen
interno.
Artículo 17. Resolución.
1. La Comisión de Selección resolverá sobre las peticiones presentadas, publicando la relación
de solicitantes, numerados por orden de mayor a menor puntuación total, en la página web
de las residencias universitarias de la Junta de Extremadura
(http://residencias.educarex.es ) y en sus tablones de anuncios, antes del día 1 de agosto
de 2025.
Una vez publicada la relación de solicitantes, ésta se irá actualizando por renuncias y desistimientos, y será la persona solicitante la que deba consultar el estado de su solicitud en
la página web de las residencias universitarias con su clave personal o en sus tablones de
anuncios, que se actualizará diariamente hasta finalizar el proceso de adjudicación.
2. Independientemente del lugar que ocupen en la citada relación, aquellos solicitantes que
no estuvieran matriculados por no tener plaza en la universidad en el periodo contemplado
para formalizar la plaza, en caso de obtenerla con posterioridad y mantener el interés por
acceder a una plaza, deberán ponerse en contacto con la Residencia Universitaria para
informar de esta situación.
Estos solicitantes en el momento de informar a la residencia universitaria y acreditar que se
encuentran matriculados en la universidad, entrarán a formar parte de la lista de reserva
en el orden que les corresponda según su puntuación.
3. Contra el acuerdo adoptado cabrá recurso de alzada ante el titular de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura en el plazo de un mes,
a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución.