Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2025062131)
Resolución de 30 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa UTE Badajoz Sur 4.
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NÚMERO 101

30145

Miércoles 28 de mayo de 2025

sustituirá el calzado cuando sea necesario por su deterioro, debiendo el trabajador/a hacer
entrega del calzado anterior al igual que se hace con el resto de EPI´S.
CAPÍTULO VI
Otros
Artículo 29. Conciliación de la vida laboral y familiar.
Es compromiso de las partes velar por la adopción de aquellas medidas promulgadas con
rango de Ley, que ya existen o se dicten en el futuro, tendentes a conciliar la vida familiar y
laboral en las personas trabajadoras.
A efectos meramente enunciativos, y en los términos y desarrollo vigentes de lo preceptuado
en Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en su redacción dada por la Ley 39/1999, de 5 de
noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras en general y la Ley 3/2007 de igualdad efectiva entre mujeres y hombres, atendiendo
en cualquier caso a las posibles modificaciones, sustituciones, o derogaciones que la referida
normativa pudiese sufrir a lo largo de la vigencia del convenio, se enumeran en la presente
norma los siguientes apartados referentes a las materias antes mencionadas.
Artículo 30. Igualdad de oportunidades.
La Constitución Española proclama el derecho a la igualdad y a la no discriminación por ra­
zón de sexo. Las organizaciones firmantes del convenio, tanto sindical como empresarial,
entienden que es necesario que el derecho fundamental a la igualdad de trato y oportunidad
entre hombres y mujeres en el trabajo sea real y efectivo. Asimismo, la eliminación de las
desigualdades entre unas y otros es un objetivo que debe integrarse en todos los ámbitos de
actuación. Por ello, se acuerda favorecer una gestión óptima de los recursos humanos que
evite discriminaciones y que pueda ofrecer igualdad de oportunidades en lo que se refiere al
acceso al empleo, a la formación y a la promoción profesional.
Las partes firmantes del presente Convenio declaran y hacen constar su preocupación por los
sectores de población laboral con dificultades para conseguir empleo, y muy especialmente
con las mujeres.
En este sentido, las partes reconocen de forma expresa la aplicación del Plan de Igualdad
del grupo de empresas del área de medio ambiente de Valoriza Servicios Medioambientales,
registrado e inscrito con fecha 21 de abril de 2023 (Código 90126473112023), comprometiéndose al desarrollo de las medidas y objetivos en el recogidos.