Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2025062131)
Resolución de 30 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa UTE Badajoz Sur 4.
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NÚMERO 101
Miércoles 28 de mayo de 2025
30125
CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA UTE BADAJOZ SUR 4 CON SU PERSONAL
ADSCRITO AL SERVICIO DE RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RESIDUOS DOMÉSTICOS
Y SERVICIOS COMPLEMENTARIOS EN DIVERSOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE
BADAJOZ - ZONA SUR.
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Partes que conciertan el convenio colectivo.
El presente Convenio se ha suscrito por la empresa UTE Badajoz Sur 4 (integrada por las
mercantiles Valoriza Servicios Medioambientales, SA, Agroforex Servicios Urbanos, SL y Exman Explotación y mantenimiento, SL) y la representación legal de las personas trabajadoras
del servicio de recogida y transporte de residuos domésticos y servicios complementarios en
diversos municipios de la provincia de Badajoz - Zona Sur.
Las partes firmantes de este Convenio tienen legitimación suficiente conforme a las dispo
siciones legales para establecer los ámbitos de aplicación indicados en el artículo siguiente.
Artículo 2. Ámbito de aplicación personal, funcional y territorial.
Las presentes condiciones de trabajo afectarán a todas las personas trabajadoras, y que se
incluyan dentro de los parámetros preceptuados en el artículo 1.1 del Real Decreto Legislativo
2/2015, de 23 octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores, que presten sus servicios con la empresa UTE Badajoz Sur 4, adscritos al recogida y transporte de residuos domésticos y servicios complementarios en diversos municipios
de la provincia de Badajoz (Zona Sur PROMEDIO).
Se excluye del ámbito del presente Convenio aquellas personas trabajadoras en quienes concurran algunos de los siguientes requisitos:
— El personal contratado de acuerdo con los artículos 1.3. c) y 2.1.a) del Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto de los Trabajadores.
— Las personas que ocupen cargos de especial confianza, responsabilidad, mando, com
petencia y/o que ostentan facultades de representación de la empresa que ocupen
puestos de trabajo de dirección, gerencia, jefatura o similar que con independencia de
su denominación sean equivalentes a éstos.
Miércoles 28 de mayo de 2025
30125
CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA UTE BADAJOZ SUR 4 CON SU PERSONAL
ADSCRITO AL SERVICIO DE RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RESIDUOS DOMÉSTICOS
Y SERVICIOS COMPLEMENTARIOS EN DIVERSOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE
BADAJOZ - ZONA SUR.
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Partes que conciertan el convenio colectivo.
El presente Convenio se ha suscrito por la empresa UTE Badajoz Sur 4 (integrada por las
mercantiles Valoriza Servicios Medioambientales, SA, Agroforex Servicios Urbanos, SL y Exman Explotación y mantenimiento, SL) y la representación legal de las personas trabajadoras
del servicio de recogida y transporte de residuos domésticos y servicios complementarios en
diversos municipios de la provincia de Badajoz - Zona Sur.
Las partes firmantes de este Convenio tienen legitimación suficiente conforme a las dispo
siciones legales para establecer los ámbitos de aplicación indicados en el artículo siguiente.
Artículo 2. Ámbito de aplicación personal, funcional y territorial.
Las presentes condiciones de trabajo afectarán a todas las personas trabajadoras, y que se
incluyan dentro de los parámetros preceptuados en el artículo 1.1 del Real Decreto Legislativo
2/2015, de 23 octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores, que presten sus servicios con la empresa UTE Badajoz Sur 4, adscritos al recogida y transporte de residuos domésticos y servicios complementarios en diversos municipios
de la provincia de Badajoz (Zona Sur PROMEDIO).
Se excluye del ámbito del presente Convenio aquellas personas trabajadoras en quienes concurran algunos de los siguientes requisitos:
— El personal contratado de acuerdo con los artículos 1.3. c) y 2.1.a) del Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto de los Trabajadores.
— Las personas que ocupen cargos de especial confianza, responsabilidad, mando, com
petencia y/o que ostentan facultades de representación de la empresa que ocupen
puestos de trabajo de dirección, gerencia, jefatura o similar que con independencia de
su denominación sean equivalentes a éstos.