Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Residuos. Subvenciones. (2025040060)
Decreto 29/2025, de 30 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la Administración Local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas, financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU.
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NÚMERO 100
Martes 27 de mayo de 2025

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j) Declaración responsable de estar al corriente de sus obligaciones fiscales y tributarias
con la Seguridad Social en caso de no haber marcado en la casilla correspondiente de la
solicitud de ayuda, la autorización expresa para que el órgano gestor consulte u obtenga
de oficio dicho certificado.
k) Declaración responsable de la entidad beneficiaria de que se han ejecutado en su totali­
dad las diferentes fases de las actuaciones objeto de ayuda respetando el cumplimiento
del principio DNSH, y cuestionario de autoevaluación del cumplimiento del principio
DNSH que se adjuntará a la resolución de concesión.
l) Certificado del beneficiario de haber registrado en su contabilidad el importe del primer
pago recibido por parte de la Junta de Extremadura correspondiente al adelanto del 50%
de la ayuda concedida, mediante libros contables separa­dos o códigos contables especí­
ficos que garanticen la adecuada justificación de la ayuda concedida.
m) Declaración de cumplimiento de condiciones en la ejecución de actuaciones del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), conforme al anexo V del presente
decreto.
Si la documentación exigida para la tramitación ya obrara en poder de la Administración
Pública, la persona, empresa o entidad solicitante podrá acogerse a lo dispuesto en el artí­
culo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas y en el artículo 25 de la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racio­
nalización y simplificación administrativa de Extremadura, y no estará obligado a presentar
la documentación siempre que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que
fueron presentados o, en su caso, emitidos, y cuando no hayan transcurrido más de cinco
años desde la finalización del procedimiento al que correspondan.
7. E
 n aplicación del artículo 132 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables
al presupuesto general de la Unión los beneficiarios tendrán la obligación de conservar
la documentación original de la justi­ficación de la subvención, incluidos los documentos
electrónicos, durante un plazo de cinco años a partir del 31 de diciembre siguiente, a la
presentación ante la Unión Europea de las cuentas en las que estén incluidos los gastos de
la operación, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
Artículo 24. Inspecciones y otros actos de comprobación.
1. L
 a Dirección General con competencias en materia de sostenibilidad ambiental de la Junta
de Extremadura, vigilará la adecuada aplicación de las ayudas concedidas y el cumplimien­
to por las Entidades Locales beneficiarias de las obligaciones establecidas en el presente