Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Residuos. Subvenciones. (2025040060)
Decreto 29/2025, de 30 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la Administración Local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas, financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU.
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NÚMERO 100
Martes 27 de mayo de 2025



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2º. R
 eportaje fotográfico de las actuaciones realizadas, así como que se ha procedido
a realizar la publicidad conforme a la normativa de publicidad del Plan de Transfor­
mación, Recuperación y Resiliencia.



3º. R
 esumen de las desviaciones respecto al presupuesto inicial del proyecto.

b) Certificaciones expedidas por el Secretario de la Entidad Local beneficiaria con el Visto
Bueno del Alcalde-Presidente, en las que se hará constar que se han ejecutado en su
totalidad las diferentes fases, en los porcentajes que en cada caso procedan, de las
actuaciones objeto de ayuda. En el caso de entidades supramunicipales certificación
expedida por el presidente de la mancomunidad o consorcio.
c) Copia electrónica válida del expediente completo de contratación, el cual debe estar
sujeto a los requisitos de publicidad del PRTR y certificado expedido por la intervención
del beneficiario de que se han seguido los trámites legales de acuerdo con la legislación
de contratos.
d) Las justificaciones del saldo final a abonar, se efectuarán previa presentación de certi­
ficación emitida por el Secretario de la Entidad Local beneficiaria, o en su caso el Pre­
sidente de la entidad supramunicipal, en la que se harán constar los servicios, obras o
suministros efectuados, y su coste; que se refieren a gastos y pagos previstos en el pre­
sente decreto, efectivamente realizados y acreditados mediante facturas o documentos
contables de valor probatorio equivalente.
e) F
 acturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico
jurídico mercantil o con eficacia administrativa, todos ellos originales o copias auténti­
cas justificativas de los gastos efectuados, considerando las siguientes especificaciones
respecto a estos documentos:


1º. E
 mitida a nombre del beneficiario.

2º. Con descripción clara y detallada de las obras, bienes o servicios (indicando las
mediciones o unidades y precios unitarios). No se aceptarán facturas de gastos
imprevistos para la ejecución del proyecto.


3º. C
 on el IVA desglosado, o en su defecto indicación expresa de que la operación está
exenta.



4º. P
 or el importe total de la actividad, aunque la cuantía de la ayuda sea inferior.



5º. C
 on fecha comprendida en el plazo de ejecución de la actuación.