Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Residuos. Subvenciones. (2025040060)
Decreto 29/2025, de 30 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la Administración Local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas, financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU.
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NÚMERO 100
Martes 27 de mayo de 2025

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separada, por habitante y año, asignando la mayor puntuación al municipio con mejor
ratio y proporcional­mente al resto. Hasta un total de 10 puntos, conforme a la fórmula
siguiente: Puntos asignados=Ratio en habitante año de selectiva del municipio de la so­
licitudx10Ptos/Mayor ratio de selectiva en habitante año de entre todas las solicitudes.
5. N
 o haber resultado el municipio o mancomunidad beneficiario de ayudas para la cons­
trucción o mejora de puntos limpios en anteriores convocatorias. Valorándose con 10
puntos.
6. P
 ara las solicitudes de nueva construcción de un punto limpio, no disponer de ninguna
instalación de este tipo en el municipio o los municipios afectados por la construcción
del punto limpio, la puntuación será de 30 puntos.
7. P
 ara aquellas solicitudes que prevén la instalación del punto limpio en suelo urbano, con
fácil acceso de los ciudadanos mediante viales de acceso asfaltado u hormigonados, 30
puntos.
2. P
 ara la valoración de agrupaciones de municipios se realizará la suma de la población aten­
dida y la media de las estadísticas de recogida separada, de los municipios que formen la
agrupación.
Artículo 16. Resolución.
1. S
 erá órgano competente para la resolución del procedimiento, la Secretaría General de la
Consejería con competencias en sostenibilidad ambiental. El plazo máximo para resolver
y notificar la resolución será de tres meses a contar desde el día siguiente a la finalización
del plazo para presentación de solicitudes. La falta de notificación de resolución expresa
dentro del plazo máximo para resolver, en la forma prevista en los artículos 40 y 41 de la
Ley 39/2015, legitima a los interesados para entender desestimada su solicitud por silencio
administrativo.
2. L
 a resolución que ponga fin al procedimiento contendrá el solicitante y/o relación de soli­
citantes a los que se concede la subvención, la actividad subvencionada, las obligaciones
impuestas a la entidad beneficiaria y las menciones de identificación y publicidad, debiendo
hacerse constar, de manera expresa, la desestimación del resto de las solicitudes, la can­
tidad de la ayuda otorgada e indicándose las consecuencias derivadas del incumplimiento
de las mismas.
3. L
 as subvenciones concedidas serán objeto de publicidad a través de su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura, http://doe.juntaex.es/, en el Portal de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura,