Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2025062120)
Resolución de 19 de mayo de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación a los cursos de especialización en modalidad presencial, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso 2025/2026.
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NÚMERO 99
29345
Lunes 26 de mayo de 2025
Decimoprimero. Presentación de solicitudes de admisión.
1. E
l solicitante presentará, dentro del plazo establecido en el calendario, tantas instancias
como cursos de especialización quiera solicitar. Las solicitudes se presentarán en sede de
cada centro educativo en el que el solicitante esté interesado en cursar estudios. Si el mismo curso fuera ofertado en diferentes centros educativos y el solicitante tuviera interés en
participar en el proceso de admisión en más de uno de los centros oferentes, tendrá que
presentar solicitud en cada uno de los mismos de forma independiente.
2. L
a solicitud se cumplimentará con el modelo del anexo IV de la presente resolución.
3. U
na vez cumplimentada la solicitud, esta podrá ser presentada:
a. Personalmente en las dependencias del centro educativo donde vaya a cursar estas
enseñanzas.
b. A
través de los registros de las Oficinas de Asistencia a la ciudadanía de la Junta de Extremadura a los que se refiere el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre,
por el que se implanta un Sistema de Registro único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura (DOE núm. 246, de 24 de diciembre), en concordancia con lo dispuesto en
el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. En caso de optar por presentar su
solicitud de admisión en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que la
instancia sea fechada y sellada antes de ser certificada.
c. P
or vía telemática a través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de la
Junta de Extremadura,
h
ttps://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf
o
cualquier
otro
de los registros a los que hace referencia el apartado anterior. En caso de presentarlas por esta vía, para la autenticación y firma electrónica de la solicitud será necesario que los interesados dispongan de DNI electrónico o certificado electrónico
en vigor. Si no dispone de ellos, podrán obtenerlos en cualquiera de las siguientes
direcciones: https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009 y
https://www.cert.fnmt.es/ .
4. Las solicitudes que no incluyan la información de cumplimentación obligatoria serán excluidas del proceso, sin perjuicio de la posible subsanación que corresponda durante el periodo
de reclamaciones indicado en el calendario de actuaciones.
5. Las personas interesadas, podrán otorgar su consentimiento a la Consejería competente,
marcando en la casilla correspondiente en el modelo de solicitud, para que publique la
condición de discapacidad igual o superior al 33 por ciento en los listados de datos de solicitantes.
29345
Lunes 26 de mayo de 2025
Decimoprimero. Presentación de solicitudes de admisión.
1. E
l solicitante presentará, dentro del plazo establecido en el calendario, tantas instancias
como cursos de especialización quiera solicitar. Las solicitudes se presentarán en sede de
cada centro educativo en el que el solicitante esté interesado en cursar estudios. Si el mismo curso fuera ofertado en diferentes centros educativos y el solicitante tuviera interés en
participar en el proceso de admisión en más de uno de los centros oferentes, tendrá que
presentar solicitud en cada uno de los mismos de forma independiente.
2. L
a solicitud se cumplimentará con el modelo del anexo IV de la presente resolución.
3. U
na vez cumplimentada la solicitud, esta podrá ser presentada:
a. Personalmente en las dependencias del centro educativo donde vaya a cursar estas
enseñanzas.
b. A
través de los registros de las Oficinas de Asistencia a la ciudadanía de la Junta de Extremadura a los que se refiere el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre,
por el que se implanta un Sistema de Registro único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura (DOE núm. 246, de 24 de diciembre), en concordancia con lo dispuesto en
el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. En caso de optar por presentar su
solicitud de admisión en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que la
instancia sea fechada y sellada antes de ser certificada.
c. P
or vía telemática a través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de la
Junta de Extremadura,
h
ttps://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf
o
cualquier
otro
de los registros a los que hace referencia el apartado anterior. En caso de presentarlas por esta vía, para la autenticación y firma electrónica de la solicitud será necesario que los interesados dispongan de DNI electrónico o certificado electrónico
en vigor. Si no dispone de ellos, podrán obtenerlos en cualquiera de las siguientes
direcciones: https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009 y
https://www.cert.fnmt.es/ .
4. Las solicitudes que no incluyan la información de cumplimentación obligatoria serán excluidas del proceso, sin perjuicio de la posible subsanación que corresponda durante el periodo
de reclamaciones indicado en el calendario de actuaciones.
5. Las personas interesadas, podrán otorgar su consentimiento a la Consejería competente,
marcando en la casilla correspondiente en el modelo de solicitud, para que publique la
condición de discapacidad igual o superior al 33 por ciento en los listados de datos de solicitantes.