Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2025062111)
Resolución de 19 de mayo de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos de Grado Medio y Grado Superior, en modalidad presencial completa, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025/2026.
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NÚMERO 99
Lunes 26 de mayo de 2025
29277
2. Para ello, en los Institutos de Educación Secundaria (IES) e Institutos de Educación Secundaria Obligatoria (IESO) dependientes de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación
Profesional se establecerá un puesto en el que, además de los equipos electrónicos necesarios, se contará con la ayuda de personal adecuado durante el horario de atención al
público. Esta ayuda tiene por finalidad proporcionar un equipo informático si la persona no
dispone de ello y de orientar en la presentación autónoma de la solicitud, así como guiarle
en las actuaciones posteriores que se pudieran producir.
3. E
n el caso de surgir alguna dificultad técnica que no pueda solventarse con asesoramiento
por parte del centro, la solicitud podrá ser cumplimentada por el personal funcionario de los
centros públicos de Extremadura mencionados en el párrafo anterior, que haya sido designado por el director o directora del centro para tal cometido. Dicho personal tiene acceso
a un perfil especial de la plataforma educativa Rayuela denominado Servicio de Apoyo a
la Ciudadanía (SAC), creado a tal efecto. Tal solicitud será presentada por el funcionario o
funcionaria y posteriormente será entregada a la persona interesada, si es mayor de edad
o en caso contrario por quien ejerza la tutoría legal de la misma, quedando una copia en
poder del centro como comprobante del consentimiento. Tal presentación ha de hacerse
durante el plazo que establece el calendario de actuaciones en el anexo I de esta resolución.
Noveno. Requisitos de acceso a ciclos formativos de Grado Medio en modalidad
presencial completa.
1. P
odrán solicitar admisión a los primeros cursos de ciclos formativos de Grado Medio en
modalidad presencial completa que se impartan en el curso académico 2025-2026 las
personas que de conformidad con el artículo 15 de la Orden de 9 de mayo de 2024, cumplan algunas de las siguientes condiciones en el período de presentación de solicitudes de
admisión:
a. Estar en posesión de, al menos, uno de los siguientes títulos o sus equivalentes
académicos.
i. Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
ii. Título Básico o de Técnico Profesional Básico.
iii. Título de Técnico de Formación Profesional.
b. H
aber superado un curso de formación específico preparatorio para el acceso a ciclos de
Grado Medio en centros públicos o privados autorizados por la administración educativa.
Lunes 26 de mayo de 2025
29277
2. Para ello, en los Institutos de Educación Secundaria (IES) e Institutos de Educación Secundaria Obligatoria (IESO) dependientes de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación
Profesional se establecerá un puesto en el que, además de los equipos electrónicos necesarios, se contará con la ayuda de personal adecuado durante el horario de atención al
público. Esta ayuda tiene por finalidad proporcionar un equipo informático si la persona no
dispone de ello y de orientar en la presentación autónoma de la solicitud, así como guiarle
en las actuaciones posteriores que se pudieran producir.
3. E
n el caso de surgir alguna dificultad técnica que no pueda solventarse con asesoramiento
por parte del centro, la solicitud podrá ser cumplimentada por el personal funcionario de los
centros públicos de Extremadura mencionados en el párrafo anterior, que haya sido designado por el director o directora del centro para tal cometido. Dicho personal tiene acceso
a un perfil especial de la plataforma educativa Rayuela denominado Servicio de Apoyo a
la Ciudadanía (SAC), creado a tal efecto. Tal solicitud será presentada por el funcionario o
funcionaria y posteriormente será entregada a la persona interesada, si es mayor de edad
o en caso contrario por quien ejerza la tutoría legal de la misma, quedando una copia en
poder del centro como comprobante del consentimiento. Tal presentación ha de hacerse
durante el plazo que establece el calendario de actuaciones en el anexo I de esta resolución.
Noveno. Requisitos de acceso a ciclos formativos de Grado Medio en modalidad
presencial completa.
1. P
odrán solicitar admisión a los primeros cursos de ciclos formativos de Grado Medio en
modalidad presencial completa que se impartan en el curso académico 2025-2026 las
personas que de conformidad con el artículo 15 de la Orden de 9 de mayo de 2024, cumplan algunas de las siguientes condiciones en el período de presentación de solicitudes de
admisión:
a. Estar en posesión de, al menos, uno de los siguientes títulos o sus equivalentes
académicos.
i. Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
ii. Título Básico o de Técnico Profesional Básico.
iii. Título de Técnico de Formación Profesional.
b. H
aber superado un curso de formación específico preparatorio para el acceso a ciclos de
Grado Medio en centros públicos o privados autorizados por la administración educativa.