Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2025062111)
Resolución de 19 de mayo de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos de Grado Medio y Grado Superior, en modalidad presencial completa, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025/2026.
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NÚMERO 99
Lunes 26 de mayo de 2025
29289
Decimosexto. Procedimiento de admisión de solicitantes al primer curso de ciclos
formativos y reclamación a la solicitud.
1. Finalizado el periodo de presentación de solicitudes, en la Secretaría Virtual de la plataforma educativa Rayuela constará para todas las solicitudes, la situación provisional de todas
las personas, tanto admitidas como excluidas, con indicación de todas las circunstancias
aportadas en la solicitud en relación con los requisitos de acceso y la información académica relacionada con ello, valorada por el centro donde se presentó la solicitud.
2. Contra el listado provisional se podrá presentar de forma telemática utilizando para ello
cualquiera de los medios que se citan en el resuelvo séptimo de esta resolución, la reclamación que se estime conveniente, teniendo en cuenta que en otro momento ya no será
posible hacerlo. El motivo de la reclamación podrá variarse durante todo el período establecido para ella. Llegado el último momento, se tomará la última versión de esta.
A efectos de consulta, el modelo de reclamación se recoge en el anexo V.
3. Durante el proceso de reclamación, los solicitantes tienen la posibilidad de aportar nueva
documentación, siempre que la misma no suponga variación respecto a lo especificado
inicialmente en la solicitud, corregir documentación incorrecta o incompleta, cambiar de
cupo, agregar más opciones de ciclos formativos o modificar el orden de sus prioridades,
excepto en el caso del centro, ciclo y turno que haya puesto como primera opción.
4. Finalizado el plazo de reclamaciones se publicará en la plataforma educativa Rayuela el
listado definitivo de admitidos y excluidos con indicación de todos los requisitos de acceso
aportados y la información académica relacionada con ello, valorada por el centro donde
se presentó la solicitud. Esta información, que ya no podrá ser modificada, será la que la
plataforma educativa Rayuela utilizará para realizar las adjudicaciones siguiendo los criterios de esta resolución.
5. L
a adjudicación, que será centralizada por la plataforma educativa Rayuela se realizará
teniendo en cuenta el orden de las opciones indicadas por el alumnado en su solicitud.
6. En cada adjudicación se generarán listas ordenadas de personas aspirantes con indicación
de su situación que estarán disponibles en la secretaría virtual de la plataforma educativa
Rayuela de cada solicitante.
Decimoséptimo. Procedimiento de adjudicación de vacantes escolares a primer
curso. Opciones del alumnado en cada adjudicación.
1. El proceso de asignación de vacantes escolares a primer curso se llevará a cabo mediante
dos adjudicaciones, siguiendo las especificaciones que se detallan a continuación:
Lunes 26 de mayo de 2025
29289
Decimosexto. Procedimiento de admisión de solicitantes al primer curso de ciclos
formativos y reclamación a la solicitud.
1. Finalizado el periodo de presentación de solicitudes, en la Secretaría Virtual de la plataforma educativa Rayuela constará para todas las solicitudes, la situación provisional de todas
las personas, tanto admitidas como excluidas, con indicación de todas las circunstancias
aportadas en la solicitud en relación con los requisitos de acceso y la información académica relacionada con ello, valorada por el centro donde se presentó la solicitud.
2. Contra el listado provisional se podrá presentar de forma telemática utilizando para ello
cualquiera de los medios que se citan en el resuelvo séptimo de esta resolución, la reclamación que se estime conveniente, teniendo en cuenta que en otro momento ya no será
posible hacerlo. El motivo de la reclamación podrá variarse durante todo el período establecido para ella. Llegado el último momento, se tomará la última versión de esta.
A efectos de consulta, el modelo de reclamación se recoge en el anexo V.
3. Durante el proceso de reclamación, los solicitantes tienen la posibilidad de aportar nueva
documentación, siempre que la misma no suponga variación respecto a lo especificado
inicialmente en la solicitud, corregir documentación incorrecta o incompleta, cambiar de
cupo, agregar más opciones de ciclos formativos o modificar el orden de sus prioridades,
excepto en el caso del centro, ciclo y turno que haya puesto como primera opción.
4. Finalizado el plazo de reclamaciones se publicará en la plataforma educativa Rayuela el
listado definitivo de admitidos y excluidos con indicación de todos los requisitos de acceso
aportados y la información académica relacionada con ello, valorada por el centro donde
se presentó la solicitud. Esta información, que ya no podrá ser modificada, será la que la
plataforma educativa Rayuela utilizará para realizar las adjudicaciones siguiendo los criterios de esta resolución.
5. L
a adjudicación, que será centralizada por la plataforma educativa Rayuela se realizará
teniendo en cuenta el orden de las opciones indicadas por el alumnado en su solicitud.
6. En cada adjudicación se generarán listas ordenadas de personas aspirantes con indicación
de su situación que estarán disponibles en la secretaría virtual de la plataforma educativa
Rayuela de cada solicitante.
Decimoséptimo. Procedimiento de adjudicación de vacantes escolares a primer
curso. Opciones del alumnado en cada adjudicación.
1. El proceso de asignación de vacantes escolares a primer curso se llevará a cabo mediante
dos adjudicaciones, siguiendo las especificaciones que se detallan a continuación: