Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Actividad Empresarial. Ayudas. (2025062058)
Resolución de 30 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para la realización de inversiones en modernización por parte de personas trabajadoras autónomas y micropymes de Extremadura en el ejercicio 2025.
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NÚMERO 98
29050
Viernes 23 de mayo de 2025
Decimosegundo. Eficacia y recursos.
La presente resolución surtirá efecto al día siguiente a su publicación, junto con el extracto de
la misma previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, en el Diario Oficial de Extremadura
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación
de la presente resolución, ante el Consejero de Economía, Empleo y Transformación Digital
en virtud de lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio
de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno, según
el artículo 88.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Mérida, 30 de abril de 2025.
El Secretario General,
JUAN ANDRÉS MORENO MARTÍN
29050
Viernes 23 de mayo de 2025
Decimosegundo. Eficacia y recursos.
La presente resolución surtirá efecto al día siguiente a su publicación, junto con el extracto de
la misma previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, en el Diario Oficial de Extremadura
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación
de la presente resolución, ante el Consejero de Economía, Empleo y Transformación Digital
en virtud de lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio
de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno, según
el artículo 88.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Mérida, 30 de abril de 2025.
El Secretario General,
JUAN ANDRÉS MORENO MARTÍN