Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025062049)
Resolución de 16 de mayo de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes y Cruz Roja Española, para prestar el servicio de entrega y recogida a domicilio de préstamos de materiales de la Biblioteca Pública del Estado en Cáceres, "Antonio Rodríguez-Moñino y María Brey".
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NÚMERO 98

28881

Viernes 23 de mayo de 2025

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO,
JÓVENES Y DEPORTES Y CRUZ ROJA ESPAÑOLA, PARA PRESTAR EL SERVICIO
DE ENTREGA Y RECOGIDA A DOMICILIO DE PRÉSTAMOS DE MATERIALES DE LA
BIBLIOTECA PÚBLICA DEL ESTADO EN CÁCERES, “ANTONIO RODRÍGUEZ-MOÑINO Y
MARÍA BREY”.
14 de mayo de 2025.
REUNIDOS
De una parte, D. José Luis Gil Soto, Secretario General de la Consejería de Cultura, Turismo,
Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura, que interviene en nombre y representación
de la Junta de Extremadura, cargo para el que fue nombrado por Decreto 97/2023, de 28 de
julio (DOE n.º 146, de 31 de julio de 2023), en ejercicio de las competencias que le atribuye
Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 145, de 28 de julio),
en virtud de la delegación de competencias efectuada por Resolución de 2 de agosto de 2023,
de la Consejera, por la que se delegan competencias en diversas materias (DOE n.º 151, de
7 de agosto).
De otra parte, Dña. María Pilar García Luna, mayor de edad, en nombre y representación de
Cruz Roja Española (en adelante, CRUZ ROJA), domiciliada en Avda. de las Delicias, s/n, con
CIF Q-2866001-G. Interviene en su condición de Presidenta Comarcal y en uso de las facultades otorgadas mediante nombramiento como tal en Cáceres a 28 de febrero de 2025.
Las partes se reconocen competencia y capacidad legal necesaria para celebrar el presente
convenio y,
MANIFIESTAN
Primero. Que la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura, en el ámbito de sus competencias y de acuerdo con los objetivos marcados en el propio
Estatuto de Autonomía, artículo 7.1, lleva a cabo, entre otras actividades, la de facilitar la participación de los extremeños en la vida política, económica, cultural y social de Extremadura,
en un contexto de libertad, justicia y solidaridad entre todos.
Que la Ley 10/2007, de 22 de junio, de la lectura, del libro y de las bibliotecas, establece que
las bibliotecas desempeñan un papel insustituible en el desarrollo, mantenimiento y mejora de
los hábitos de lectura, en la medida en que garantizan, en condiciones de igualdad de oportunidades, el acceso de todos los ciudadanos al pensamiento y a la cultura con especial consideración con la población infantil y juvenil y con los sectores más desfavorecidos socialmente,