Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025062081)
Resolución de 15 de mayo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "EDAR para fábrica de conservas vegetales en la parcela 77, polígono 2, término municipal de Coria (Cáceres)". Expte.: IA24/1842.
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NÚMERO 98
Viernes 23 de mayo de 2025

Relación de consultados

29025

Respuestas
recibidas

Servicio de Ordenación y Gestión Forestal. Dirección General de Política Forestal

-

Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia. sección de
Vías Pecuarias

X

Sociedad Española de Ornitología, SEO Bird/Life

-

Asociación para la Defensa de la Naturaleza y de los Recursos de Extremadura (ADENEX)

-

Ecologistas en Acción

-

Fundación Naturaleza y Hombre

-

Asociación Ecologistas Extremadura

-

AMUS

-

GREENPEACE

X

Confederación Hidrográfica del Tajo

El resultado de las contestaciones de las distintas administraciones públicas se resume a
continuación:
— Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General de
Sostenibilidad informa que la actividad se localiza fuera la Red de Áreas Protegidas de
Extremadura (Red Natura 2000 y Red de Espacios Naturales Protegidos de Extremadura).
El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas realiza el siguiente
análisis y valoración ambiental del proyecto: la contaminación de las aguas por vertidos
sin depurar constituye un factor de presión de los espacios ribereños. Por tanto, una de
las principales medidas para su conservación, es sin duda el desarrollo de estos proyectos de depuración y protección de las masas de aguas; máxime teniendo en cuenta
los ecosistemas biodiversos que albergan las zonas ribereñas, con especies de insectos,
anfibios, paseriformes o micromamíferos. Si bien la masa donde se pretenden cortar los
chopos no constituye un hábitat de interés comunitario, estas formaciones forestales
son un reservorio para esta biodiversidad, por lo que se cortarán los pies necesarios
para realizar el cruce de la tubería en su anchura mínima imprescindible.
Se considera que el proyecto, con la aplicación de estas medidas preventivas y correctoras, no es susceptible de causar de forma significativa degradaciones sobre los hábitats
ni alteraciones sobre las especies por las que se han declarado los lugares de la Red