Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Actividad Empresarial. Ayudas. (2025062025)
Extracto de la Resolución de 30 de abril de 2025 por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para la realización de inversiones en modernización por parte de personas trabajadoras autónomas y micropymes de Extremadura en el ejercicio 2025.
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NÚMERO 98
Viernes 23 de mayo de 2025
29064
— Que vaya dirigida a la producción y transformación del producto manufacturado.
— Sean equipamientos orientados a la automatización y/o optimización de los procesos
productivos.
— Que se traten de inversiones dirigidas a mejorar la calidad, el control y/o la trazabilidad
de los procesos productivos de la empresa.
— Que sean equipamientos que presenten un marcado componente tecnológico e innovador.
El importe máximo de la inversión proyectada no podrá ser superior a 25.000 euros (IVA excluido). Si el proyecto supera esa cuantía se inadmitirá la solicitud realizada.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 79/2024, de 23 de julio (DOE n.º 163, de 22 de agosto de 2024) por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de inversiones en modernización por parte de personas trabajadoras autónomas y micropymes de Extremadura.
Cuarto. Cuantía.
La dotación económica de la convocatoria se fija en 4.000.000 euros con cargo a la presente
anualidad 2025, financiada con fondos propios de la Comunidad Autónoma.
1. Las ayudas consistirán en una subvención a fondo perdido de hasta el 50 por ciento de la
inversión subvencionable, porcentaje que se determinará en función de lo señalado en el
siguiente apartado.
2. E
l porcentaje mínimo de subvención a conceder a un proyecto subvencionable será del 40
%, el cual puede ser incrementado conforme a lo siguiente:
a. Se añaden 5 puntos si la actividad principal de la empresa solicitante y a la cual va
destinada la inversión proyectada corresponde a la sección C de la clasificación CNAE,
correspondiente a la industria transformadora.
b. 5
puntos si el centro de trabajo en el que se va a realizar la inversión está ubicado en
un Municipio o Entidad Local Menor con una población inferior a 5.000 habitantes, de
acuerdo con las cifras oficiales de población publicadas en cada momento por el Instituto Nacional de Estadística.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para presentar las solicitudes comienza el día siguiente al de la publicación de la resolución, junto con su extracto en el Diario Oficial de Extremadura, y finalizará una vez transcurridos tres meses, contados a partir del día siguiente de su publicación en el DOE.
Viernes 23 de mayo de 2025
29064
— Que vaya dirigida a la producción y transformación del producto manufacturado.
— Sean equipamientos orientados a la automatización y/o optimización de los procesos
productivos.
— Que se traten de inversiones dirigidas a mejorar la calidad, el control y/o la trazabilidad
de los procesos productivos de la empresa.
— Que sean equipamientos que presenten un marcado componente tecnológico e innovador.
El importe máximo de la inversión proyectada no podrá ser superior a 25.000 euros (IVA excluido). Si el proyecto supera esa cuantía se inadmitirá la solicitud realizada.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 79/2024, de 23 de julio (DOE n.º 163, de 22 de agosto de 2024) por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de inversiones en modernización por parte de personas trabajadoras autónomas y micropymes de Extremadura.
Cuarto. Cuantía.
La dotación económica de la convocatoria se fija en 4.000.000 euros con cargo a la presente
anualidad 2025, financiada con fondos propios de la Comunidad Autónoma.
1. Las ayudas consistirán en una subvención a fondo perdido de hasta el 50 por ciento de la
inversión subvencionable, porcentaje que se determinará en función de lo señalado en el
siguiente apartado.
2. E
l porcentaje mínimo de subvención a conceder a un proyecto subvencionable será del 40
%, el cual puede ser incrementado conforme a lo siguiente:
a. Se añaden 5 puntos si la actividad principal de la empresa solicitante y a la cual va
destinada la inversión proyectada corresponde a la sección C de la clasificación CNAE,
correspondiente a la industria transformadora.
b. 5
puntos si el centro de trabajo en el que se va a realizar la inversión está ubicado en
un Municipio o Entidad Local Menor con una población inferior a 5.000 habitantes, de
acuerdo con las cifras oficiales de población publicadas en cada momento por el Instituto Nacional de Estadística.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para presentar las solicitudes comienza el día siguiente al de la publicación de la resolución, junto con su extracto en el Diario Oficial de Extremadura, y finalizará una vez transcurridos tres meses, contados a partir del día siguiente de su publicación en el DOE.