Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2025061932)
Resolución de 30 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa Deutz Spain, SAU, para su centro de trabajo ubicado en Zafra.
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NÚMERO 94
Lunes 19 de mayo de 2025

27627

La totalidad de las retribuciones del personal, sin distinción algu­na, será objeto de liquidación
por períodos mensua­les, manteniéndose el anticipo mensual.
Artículo 14. Pagas extraordinarias.
Se establecen tres pagas extraordinarias, que serán abonadas en las fechas si­guientes:
Paga de verano: antes del 15 de julio.
Paga de Navidad: antes del 15 de diciembre.
Paga de marzo: antes del 15 de marzo.
La cuantía de cada una de estas tres pagas ex­traordinarias será de 30 días de salario base
más antigüedad, completadas con todos los conceptos retribuidos de las Tablas salariales.
Las pagas extraordinarias, se retribuirán en fun­ción de los días realmente trabajados, considerándose como tales a estos efectos los de baja por acci­dente o enfermedad, los días de
licencia o permisos retribuidos como se indica en convenio, ley o norma legal, y las horas de
garantía sindical.
En todo caso, la Empresa abonará en las pagas extraordinarias la parte o, en su caso, la totalidad de las mismas que los trabajadores no ha­yan percibido durante los períodos de baja
por en­fermedad o accidente.
Artículo 15. Cuantía.
Durante el periodo de vigencia del presente convenio colectivo se modificarán las tablas salariales, en las cuantías siguientes:
Incremento salarial para 2024.
Se incrementarán las tablas salariales en un 5 % sobre las tablas salariales definitivas del
año anterior.
Incremento salarial para 2025.
Se incrementarán las tablas salariales en un 3 % sobre las tablas salariales definitivas del
año anterior.
Revisión salarial:
La revisión salarial se realizará a la conclusión del año 2025, con carácter retroactivo para
los salarios percibidos y valores de 2025 en los siguientes términos: