Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Apicultura. Ayudas. (2025061912)
Resolución de 7 de mayo de 2025, de la Secretaría General, por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria para 2025 de las ayudas de la Intervención Sectorial Apícola, dentro del marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027, en Extremadura.
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NÚMERO 92
Jueves 15 de mayo de 2025
27028
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_00 como en la dirección: http://www.cert.fnmt.es/.
Para las personas físicas solicitantes, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.1
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, estará habilitada la presentación presencial a través de cualquiera de los
registros y oficinas a los que hace referencia el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de
diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único, y también la presentación telemática, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La interrupción generalizada del suministro eléctrico en todo el territorio peninsular acaecida
el 28 de abril de 2025, que afectó al normal funcionamiento de infraestructuras y comunicaciones entre otros, dio lugar a la declaración de emergencia de interés nacional en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura mediante Orden del Ministro del Interior
INT/399/2025 de 28 de abril.
Esta interrupción del suministro eléctrico ocasionó incidentes en el normal funcionamiento de
los servicios administrativos, en especial en los servicios y sistema cibernéticos utilizados por
la ciudadanía para la tramitación de los procedimientos y el ejercicio de derechos.
El plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria de ayudas mencionada comenzaba
el 29 de abril de 2025, por lo que, debido a los problemas técnicos surgidos, las personas
interesadas no pudieron presentar con normalidad las solicitudes en los días 29 y 30 de abril.
Ante estas situaciones, el artículo 32.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas habilita a la Administración para que,
cuando como consecuencia de un ciberincidente se hayan visto gravemente afectados los
servicios y sistemas utilizados para la tramitación de los procedimientos y el ejercicio de los
derechos de los interesados que prevé la normativa vigente, acuerde la ampliación general de
plazos de los procedimientos administrativos.
Además, el artículo 32.4 de ese mismo texto legal posibilita que cuando una incidencia técnica
haya imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda, y
hasta que se solucione el problema, la Administración podrá determinar una ampliación de
los plazos no vencidos, debiendo publicar en la sede electrónica tanto la incidencia técnica
acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido.
Por todo lo expuesto, teniendo en cuenta que el servicio y sistema utilizado para la tramitación de los procedimientos y el ejercido de los derechos se han visto afectados, ante la imposibilidad de tramitar la solicitud para la obtención de dicha ayuda,
Jueves 15 de mayo de 2025
27028
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_00 como en la dirección: http://www.cert.fnmt.es/.
Para las personas físicas solicitantes, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.1
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, estará habilitada la presentación presencial a través de cualquiera de los
registros y oficinas a los que hace referencia el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de
diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único, y también la presentación telemática, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La interrupción generalizada del suministro eléctrico en todo el territorio peninsular acaecida
el 28 de abril de 2025, que afectó al normal funcionamiento de infraestructuras y comunicaciones entre otros, dio lugar a la declaración de emergencia de interés nacional en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura mediante Orden del Ministro del Interior
INT/399/2025 de 28 de abril.
Esta interrupción del suministro eléctrico ocasionó incidentes en el normal funcionamiento de
los servicios administrativos, en especial en los servicios y sistema cibernéticos utilizados por
la ciudadanía para la tramitación de los procedimientos y el ejercicio de derechos.
El plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria de ayudas mencionada comenzaba
el 29 de abril de 2025, por lo que, debido a los problemas técnicos surgidos, las personas
interesadas no pudieron presentar con normalidad las solicitudes en los días 29 y 30 de abril.
Ante estas situaciones, el artículo 32.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas habilita a la Administración para que,
cuando como consecuencia de un ciberincidente se hayan visto gravemente afectados los
servicios y sistemas utilizados para la tramitación de los procedimientos y el ejercicio de los
derechos de los interesados que prevé la normativa vigente, acuerde la ampliación general de
plazos de los procedimientos administrativos.
Además, el artículo 32.4 de ese mismo texto legal posibilita que cuando una incidencia técnica
haya imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda, y
hasta que se solucione el problema, la Administración podrá determinar una ampliación de
los plazos no vencidos, debiendo publicar en la sede electrónica tanto la incidencia técnica
acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido.
Por todo lo expuesto, teniendo en cuenta que el servicio y sistema utilizado para la tramitación de los procedimientos y el ejercido de los derechos se han visto afectados, ante la imposibilidad de tramitar la solicitud para la obtención de dicha ayuda,