Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025061891)
Resolución de 6 de mayo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Legalización de actividades docentes y recreativas de una escuela de seguridad vial y circuito a motor de kart y coches teledirigidos en ctra. EX-206 pk 20,500", en las parcelas 4 y 5 del polígono 8, del término municipal de Cáceres, cuya promotora es Cáceres Kart, SL. Expte.: IA24/1843.
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NÚMERO 92
Jueves 15 de mayo de 2025

26979

El proyecto se encuentra en Zona de Uso Compatible de la ZEPA Llanos de Cáceres y
Sierra de Fuentes, definidas en el Plan de Uso y Gestión del Espacio Protegido (Orden
de 28 de agosto de 2009) como “Territorios que integra aquellas áreas en las que es
compatible la conservación con las actividades educativas y recreativas, siendo posible
por ello un desarrollo moderado de servicios con finalidades de uso público o de mejora
de la calidad de vida de los habitantes de la zona”.
Las infraestructuras se construyeron sobre 2003-2004 y desde entonces se lleva desarrollando la actividad sin observarse afección significativa al Espacio Protegido. La actividad no se considera contraria a los objetivos de conservación de la ZEPA o las directrices de actuación en esta zona y, en base a ello, no se prevé que la legalización pueda
afectar de forma apreciable al o a valores ambientales incluidos en la Ley 8/1998, de
26 de junio, de Conservación de la Naturaleza y Espacios Naturales Protegidos de Extremadura, en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto
37/2001) y en el Catálogo Español de Especies Amenazadas (Real Decreto 139/2011).
Se considera que el proyecto, con la aplicación de medidas preventivas y correctoras,
no es susceptible de causar de forma significativa degradaciones sobre los hábitats ni
alteraciones sobre las especies por las que se han declarado los lugares de la Red Natura 2000, y que resulta compatible con los planes de protección vigentes de las especies
presentes.
— Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
No se consideran impactos sobre la hidrología por no encontrarse en zona de cauce,
arroyos o zonas de agua embalsada. No obstante se cumplirá el condicionado descrito
por la Confederación Hidrográfica del Tajo en su informe de fecha 04/12/2024.
Se considera que el proyecto, con la aplicación de medidas correctoras como es la impermeabilización del suelo, gestión de las aguas pluviales y residuos, no tendrá efectos
adversos sobre el sistema hidrológico y la calidad de las aguas.
— Suelo.
El impacto sobre el suelo consiste en la ocupación de éste por las instalaciones y los
movimientos de tierra llevados a cabo para su ejecución. Asimismo, existe el riesgo
de contaminación edáfica como resultado de posibles vertidos al suelo de sustancias
potencialmente contaminantes utilizadas en la actividad, tales como combustible, aceites, grasas, etc. Aplicando las medidas incluidas en la documentación aportada por la
promotora y las incluidas en el presente informe, estas afecciones no deberían resultar
significativas.