Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Emigración. Ayudas. (2025061901)
Resolución de 5 de mayo de 2025, de la Dirección General de Acción Exterior, de concesión de las ayudas destinadas al Programa II de actividades de las federaciones de comunidades extremeñas en el exterior, para el ejercicio 2025.
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NÚMERO 92

26762

Jueves 15 de mayo de 2025

Cuarto. Solicitudes y plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la
convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Quinto. Comisión de valoración. Para la valoración de las solicitudes se constituirá una Comisión de Valoración que emitirá un informe en el que se concrete el resultado de la evaluación
efectuada.
Sexto. Propuesta, resolución y notificación. El órgano Instructor del procedimiento, a la vista
del expediente y del informe de la Comisión de Valoración, formulará propuesta de resolución
debidamente motivada, que no podrá separarse del informe de la Comisión de Valoración. La
concesión de estas ayudas será resuelta y notificada por la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social en el plazo máximo de tres meses a partir de
la fecha de publicación de la resolución de convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura
(http://doe.juntaex.es). La falta de notificación de la resolución expresa legitima a la entidad
interesada para entenderla desestimada por silencio administrativo, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 25.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La resolución de concesión o denegación no
pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante
el Consejero de Presidencia, Interior y Diálogo Social, en el plazo de un mes contado desde el
día siguiente al de la notificación de la resolución.
Por lo expuesto, esta Secretaría General,
RESUELVE:
Primero. Conceder las ayudas destinadas al Programa II de actividades de las Federaciones
de comunidades extremeñas en el exterior, para el ejercicio 2025 que se relacionan a continuación, al amparo del Decreto del Presidente 3/2022, de 20 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras y de la Resolución de 19 de noviembre de 2024, que las convoca,
con cargo a la aplicación presupuestaria 22004253C48000 y proyecto de gasto 20160007
“Fortalecimiento de las comunidades y federaciones de comunidades extremeñas en el exterior” para el año 2025 en las siguientes cuantías:

Federacion

NIF

Coste
Importe
Importe
Puntos
financiable solicitado
concedido

FED. ASOC. EXTREMEÑAS EN EUSKADI

V48291215

47.000,00

15.000,00

34

15.000,00

FED. ASOC. EXTREMEÑAS EN LA
COMUNIDAD DE MADRID

V79110029

37.000,00

15.000,00

34

15.000,00

FED. ASOC. EXTREMEÑAS EN
CATALUÑA

G58665084

36.200,00

20.000,00

34

15.000,00