Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Escuelas Oficiales De Idiomas. Admisión De Alumnos. (2025061982)
Resolución de 13 de mayo de 2025, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar las enseñanzas de idiomas de régimen especial, en modalidad presencial, en las Escuelas Oficiales de Idiomas del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025-2026.
41 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 92
Jueves 15 de mayo de 2025
27048
RESOLUCIÓN de 13 de mayo de 2025, de la Secretaría General de Educación
y Formación Profesional, por la que se convoca el procedimiento de admisión
y matriculación para cursar las enseñanzas de idiomas de régimen especial,
en modalidad presencial, en las Escuelas Oficiales de Idiomas del ámbito de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025-2026. (2025061982)
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo), establece en su capítulo VII la regulación de las Enseñanzas de Idiomas, cuyo propósito es capacitar al alumnado para un uso adecuado de diversos idiomas fuera de las etapas ordinarias
del sistema educativo. Estas enseñanzas se estructuran en tres niveles: básico, intermedio y
avanzado, que corresponden respectivamente a los niveles A, B y C del Marco Común Europeo
de Referencia para las Lenguas (MCER).
Por otro lado, el artículo 59.2 de la ley dispone que podrán acceder a estas enseñanzas el
alumnado que haya cumplido dieciséis años en el año de inicio de los estudios. Asimismo, se
permite el acceso a mayores de catorce años que lo soliciten, siempre que deseen cursar un
idioma distinto al que estudian en la educación secundaria obligatoria.
Por Orden de 8 de mayo de 2025, de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, se regula el proceso de admisión y matriculación para cursar las enseñanzas de idiomas de régimen especial, en la modalidad presencial, en las Escuelas Oficiales de Idiomas del
ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 90, de 13 de mayo de 2025).
El artículo 6 de esta orden dispone que el procedimiento de admisión y matriculación se
convocará anualmente mediante una resolución de la Secretaría General de Educación y
Formación Profesional, competente en Enseñanzas de Régimen Especial. Dicha resolución se
publicará en el Diario Oficial de Extremadura.
Por ello, de acuerdo con lo dispuesto en el citado artículo 6 mediante esta resolución se convoca la admisión y matriculación para cursar las enseñanzas de idiomas de régimen especial,
en la modalidad presencial, impartidas en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad
Autónoma de Extremadura para el curso 2025-2026.
Por otro lado, considerando la prórroga de los Presupuestos Generales de la Comunidad de
Extremadura para 2024 en el ejercicio de 2025, en virtud de lo previsto en el artículo 58 de
la Ley 5/2007 de Hacienda Pública de Extremadura y conforme a lo establecido en Orden de 6
de febrero de 2025 por la que se fijan las condiciones y criterios de aplicación de la prórroga
de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024 en el
ejercicio 2025 (DOE núm. 26, de 7 de febrero), los precios públicos aplicables en esta resolución serán los establecidos en la Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Consejera de
Jueves 15 de mayo de 2025
27048
RESOLUCIÓN de 13 de mayo de 2025, de la Secretaría General de Educación
y Formación Profesional, por la que se convoca el procedimiento de admisión
y matriculación para cursar las enseñanzas de idiomas de régimen especial,
en modalidad presencial, en las Escuelas Oficiales de Idiomas del ámbito de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025-2026. (2025061982)
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo), establece en su capítulo VII la regulación de las Enseñanzas de Idiomas, cuyo propósito es capacitar al alumnado para un uso adecuado de diversos idiomas fuera de las etapas ordinarias
del sistema educativo. Estas enseñanzas se estructuran en tres niveles: básico, intermedio y
avanzado, que corresponden respectivamente a los niveles A, B y C del Marco Común Europeo
de Referencia para las Lenguas (MCER).
Por otro lado, el artículo 59.2 de la ley dispone que podrán acceder a estas enseñanzas el
alumnado que haya cumplido dieciséis años en el año de inicio de los estudios. Asimismo, se
permite el acceso a mayores de catorce años que lo soliciten, siempre que deseen cursar un
idioma distinto al que estudian en la educación secundaria obligatoria.
Por Orden de 8 de mayo de 2025, de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, se regula el proceso de admisión y matriculación para cursar las enseñanzas de idiomas de régimen especial, en la modalidad presencial, en las Escuelas Oficiales de Idiomas del
ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 90, de 13 de mayo de 2025).
El artículo 6 de esta orden dispone que el procedimiento de admisión y matriculación se
convocará anualmente mediante una resolución de la Secretaría General de Educación y
Formación Profesional, competente en Enseñanzas de Régimen Especial. Dicha resolución se
publicará en el Diario Oficial de Extremadura.
Por ello, de acuerdo con lo dispuesto en el citado artículo 6 mediante esta resolución se convoca la admisión y matriculación para cursar las enseñanzas de idiomas de régimen especial,
en la modalidad presencial, impartidas en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad
Autónoma de Extremadura para el curso 2025-2026.
Por otro lado, considerando la prórroga de los Presupuestos Generales de la Comunidad de
Extremadura para 2024 en el ejercicio de 2025, en virtud de lo previsto en el artículo 58 de
la Ley 5/2007 de Hacienda Pública de Extremadura y conforme a lo establecido en Orden de 6
de febrero de 2025 por la que se fijan las condiciones y criterios de aplicación de la prórroga
de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024 en el
ejercicio 2025 (DOE núm. 26, de 7 de febrero), los precios públicos aplicables en esta resolución serán los establecidos en la Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Consejera de