Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Procesos Selectivos. Adjudicación. (2025061927)
Resolución de 8 de mayo de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se regula el procedimiento para la adjudicación de destino a las personas aspirantes seleccionadas en las pruebas selectivas convocadas, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, a plazas vacantes de personal funcionario y de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura por el sistema excepcional de concurso de méritos.
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NÚMERO 90
Martes 13 de mayo de 2025

26113

El acto público de elección de plazas se sujetará a las siguientes normas:
1. L
 as personas aspirantes serán llamados atendiendo al orden que figura en el anexo I de la
Resolución de la Dirección General de Función Pública por la que se hizo pública la relación
de personas aspirantes que superaron el correspondiente proceso selectivo.
No serán llamadas las personas aspirantes que hayan optado por otro cuerpo, grupo, especialidad o categoría. En el caso de las personas aspirantes que hayan sido seleccionadas en
el mismo cuerpo, grupo, especialidad o categoría tanto por el procedimiento de concursooposición como por el sistema excepcional de concurso de méritos, únicamente serán llamadas en este acto en el caso de haber optado por el sistema excepcional de concurso de
méritos.
2. Cada persona aspirante será llamada hasta un máximo de tres veces, quedando relegados
a elegir plaza al final del acto quienes no atendieran a dicho llamamiento.
3. Cada persona aspirante o persona debidamente autorizada hará elección de plaza ante la
Comisión, indicando el número de control de la misma, así como la localidad donde está
ubicada, exhibiendo en este momento el documento que acredita su personalidad y, en su
caso, la representación que ostente.
Cuando el puesto elegido esté identificado con la clave THM, acrónimo de trato habitual
con menores, la persona aspirante deberá aportar en el mismo acto certificado negativo
expedido por el Registro Central de Delincuentes Sexuales de no haber sido condenado por
sentencia firme por alguno de los delitos a que se refiere el artículo 13.5 de la Ley Orgánica
de Protección Jurídica del Menor o conceder autorización a esta Administración para recabar el referido certificado. En caso de optar por la referida autorización se remitirá modelo
que figura como anexo IV a la siguiente dirección oposiciones@juntaex.es en el plazo de
dos días hábiles siguientes a la publicación de esta Resolución, debiendo aportar el original
de dicho anexo en el acto de elección de puestos.
Las personas seleccionadas no podrán solicitar aquellos puestos para los que no reúnan los
requisitos objetivos determinados en las relaciones de puestos de trabajo.
4. Por la Comisión se comunicará en alta voz al resto de las personas interesadas la plaza
elegida por cada una de las personas aspirantes antes de ser llamado el siguiente.
Sexto. Se dejará sin efectos la elección de puestos realizada en el acto de elección por las
personas seleccionadas que, en su caso, no acrediten estar en posesión de los requisitos generales exigidos en la base novena de la Orden de convocatoria.