Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Procesos Selectivos. Adjudicación. (2025061927)
Resolución de 8 de mayo de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se regula el procedimiento para la adjudicación de destino a las personas aspirantes seleccionadas en las pruebas selectivas convocadas, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, a plazas vacantes de personal funcionario y de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura por el sistema excepcional de concurso de méritos.
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NÚMERO 90
Martes 13 de mayo de 2025



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— Intérprete de Lenguaje de Signos.

b) Las personas seleccionadas que han obtenido plaza en el proceso de estabilización por
concurso-oposición.
c) Las personas seleccionadas en el sistema excepcional de concurso de méritos respecto
de las categorías o especialidades a las que hayan renunciado.
d) Las personas aspirantes seleccionadas en las categorías y/o especialidades de personal
funcionario y de personal laboral en las que se ha convocado una única plaza y que se
concretan en el anexo I.
Segundo. El orden de adjudicación de las personas seleccionadas será el publicado en el
anexo I de la resolución de la Dirección General de Función Pública por la que se hizo pública
la relación de personas aspirantes que superaron las correspondientes pruebas selectivas.
Los puestos a adjudicar serán los publicados en los anexos II de la citada resolución, excepto
los puestos adjudicados a las personas seleccionadas en el proceso de estabilización por el
procedimiento de concurso-oposición.
La Dirección General de Función Pública publicará en la página web
https://www.juntaex.es/temas/trabajo-y-empleo/empleo-publico/buscador-de-empleo-publico

la relación de puestos elegibles en el acto de elección, una vez excluidos lo puestos adjudicados a las personas seleccionadas en el procedimiento de concurso-oposición.
Tercero. El acto de elección de plazas se celebrará en la fecha, lugar y hora que se especifica
en anexo II de la presente resolución.
Cuarto. Las personas aprobadas deberán concurrir personalmente, provistos del DNI u otro
documento que acredite la personalidad de modo fehaciente, o por medio de representante
debidamente autorizado al efecto, acreditando su personalidad de igual forma que las personas interesadas.
Aquellas que no comparezcan en dicho acto o aun compareciendo no hagan elección, se les
asignará una plaza de las que resulten no adjudicadas por el orden en que aparecen publicados en el anexo II de la Resolución de la Dirección General de Función Pública por la que se
hizo pública la relación de personas aspirantes que superaron el proceso de estabilización por
el sistema excepcional de concurso de méritos.
Quinto. Para la realización del procedimiento de elección previsto en los apartados anteriores, se constituirá una Comisión compuesta por las personas que figuran en el anexo III de
esta resolución.